Última revisión
Demanda de ejecución de título judicial. Ejecución de sentencia
Relacionados:
Orden: civil
Fecha última revisión: 01/01/2024
Resumen:
El apartado segundo del artículo 549 de la Ley de enjuiciamiento civil (LEC) indica que: «Cuando el título ejecutivo sea una resolución del Letrado de la Administración de Justicia, o una sentencia o resolución dictada por el Tribunal competente para conocer de la ejecución, la demanda ejecutiva podrá limitarse a la solicitud de que se despache la ejecución, identificando la sentencia o resolución cuya ejecución se pretenda».
Asimismo, el apartado primero del meritado artículo nos indica el contenido de la demanda ejecutiva.
Procedimiento origen: [ESPECIFICAR]
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚM. [NUMERO] DE [LOCALIDAD]
Don/Doña [NOMBRE PROCURADOR CLIENTE], procurador/a de los Tribunales y de Don/Doña [NOMBRE CLIENTE] ta…
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