Demanda genérica ante des...trabajador

Última revisión
07/11/2025

Demanda genérica ante despido verbal del trabajador

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Orden: laboral

Fecha última revisión: 07/11/2025

Resumen:

El despido deberá ser notificado por escrito al trabajador, habiendo figurar los hechos que lo motivan y la fecha en que tendrá efectos (art. 55 del ET). La doctrina jurisprudencial ha establecido que, pese a incumplir las formalidades exigidas por el Estatuto de los Trabajadores, la comunicación verbal es eficaz, habida cuenta que los requisitos formales no constituyen impedimento alguno para que se haga efectiva la extinción contractual, sino que únicamente influyen en la posterior calificación judicial del acto extintivo.


AL JUZGADO DE LO SOCIAL/ A LA SECCIÓN DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [LOCALIDAD] (1)

D./D.ª [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE], graduado social, colegiado con el n.º [NÚMERO_COLEGIADO_ABOGADO_CLIENTE], en nombre y representación de D. [NOMBRE_CLIENTE], mayor de edad, poseedor del DNI n.º [NIF_CIF_DNI_CLIENTE], y con domicilio en calle [CALLE], de [LOCALIDAD], conforme se tiene acreditada por apode...

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