Demanda de juicio verbal ...e hipoteca

Última revisión
05/09/2025

Demanda de juicio verbal solicitando la nulidad y devolución de cláusula suelo y cláusula de gastos de constitución de hipoteca

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Tiempo de lectura: 47 min

Orden: mercantil

Fecha última revisión: 05/09/2025

Resumen:

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea n.º C-154/15, de 21 de diciembre. ECLI: ECLI:EU:C:2016:980, ha fallado a favor de la retroactividad total de lo indebidamente percibido por las cláusulas suelo.

Se podrá solicitar la devolución total de las cantidades abonadas indebidamente sobre la base de las cláusulas suelo, desde la fecha de la firma del contrato de préstamo hipotecario, y no solo del generado a partir del 9 de mayo de 2013.

El Tribunal Supremo, en su ya famosa sentencia n.º 705/2015, de 23 de diciembre, ECLI:ES:TS:2015:5618, declara la abusividad de las cláusulas que hacen recaer en el hipotecado, la totalidad de los gastos relativos a la constitución de hipoteca, y ello en consecuencia directa de la aplicación de la Ley General en Defensa de los Consumidores y Usuarios.

A TENER EN CUENTA. La sentencia del TJUE n.º C-810/21 y C-813/21, de 25 de enero, ECLI:EU:C:2024:81, ha determinado que el dies a quo del plazo de prescripción de la acción para reclamar la restitución de las cantidades pagadas en virtud de una cláusula abusiva sea el día en que el consumidor adquiera constancia de la abusividad.

A TENER EN CUENTA. Por la reforma realizada por la LO1/2025, de 2 de enero, una vez implantados de forma efectiva los tribunales de instancia (D.T. 1.ª), todas las referencias realizadas a los juzgados unipersonales se entenderán realizadas a las secciones del orden jurisdiccional correspondiente de los tribunales de instancia.

A TENER EN CUENTA. Con la entrada en vigor el 03/04/2025 de la reforma realizada por la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, se introduce un nuevo apartado 5 en el artículo 439 de la LEC en el que se establece como requisito de procedibilidad en las acciones de reclamación de devolución de las cantidades indebidamente satisfechas por el consumidor en aplicación de determinadas cláusulas suelo o de cualesquiera otras cláusulas que se consideren abusivas contenidas en contratos de préstamo o crédito garantizados con hipoteca inmobiliaria, una reclamación extrajudicial previa frente a las personas físicas o jurídicas que realicen la actividad de concesión de préstamos o créditos de manera profesional. La regulación de dicha reclamación extrajudicial previa se contiene en el nuevo artículo 439 bis de la LEC. 


AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA [NÚMERO] DE [LOCALIDAD]/SECCIÓN DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [ESPECIFICAR] (6)

Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], procurador/a de los tribunales, en nombre y representación de don/doña [NOMBRE_CLIENTE], mayor de edad, con domicilio en [CALLE], n.º [NUMERO], Código Postal [CODIGO_POSTAL], [LOCALIDAD], [PROVINCIA] y provisto de DNI [DNI], según se acredi...

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