Escrito de acusación en juicio rápido por delito de violencia de género (especia...rim, apartado 1, 2ª)
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Escrito de acusación en j...ado 1, 2ª)

Última revisión
17/01/2024

Escrito de acusación en juicio rápido por delito de violencia de género (especialidad del artículo 795 LECrim, apartado 1, 2ª)

Tiempo de lectura: 7 min

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Orden: penal

Fecha última revisión: 17/01/2024

Resumen:

Recogen los artículos 795 y siguientes LECrim el procedimiento para el enjuiciamiento rápido en determinados delitos.

Así, este precepto, el artículo 795 de la LECrim, en el apartado 1, 2ª establece que este procedimiento se aplicará cuando se trate, entre otros, de delitos de: a) Delitos de lesiones, coacciones, amenazas o violencia física o psíquica habitual, cometidos contra las personas a que se refiere el art.173.2 del Código Penal, esto es, el cometido, entre otros, sobre quien haya sido su cónyuge o sobre persona que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia.

Ordena el art. 800 LECrim, apartado 4, que, si se hubiere constituido acusación particular que hubiere solicitado la apertura del juicio oral y así lo hubiere acordado el juez de guardia, éste emplazará en el acto a aquélla y al Ministerio Fiscal para que presenten sus escritos dentro de un plazo improrrogable y no superior a dos días.

Presentados dichos escritos ante el mismo juzgado, a la vista de la acusación formulada, el acusado podrá en el mismo acto prestar su conformidad con arreglo a lo dispuesto en el art. 801 LECrim y el juzgado de guardia dictará sentencia de conformidad o, podrá presentar escrito defensa o formularlo oralmente, procediendo el letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Guardia a la citación de las partes para la celebración del juicio oral.

A TENER EN CUENTA. Dispone el nuevo art. 258bis, introducido en la LECrim vía Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, que las actuaciones procesales se realizarán preferentemente mediante presencia telemática, incluyendo las que se celebren ante los/las letrados/as de la Administración de Justicia o ante el Ministerio fiscal. En las citaciones se informará de la posibilidad de declarar de forma telemática en las condiciones establecidas en el citado precepto. Esta novedad entrará en vigor el 20 de marzo de 2024, de modo que hasta ese momento, el art. 258bis LECrim no resulta de aplicación. El siguiente formulario se halla actualizado a la citada reforma.


NIG: [ESPECIFICAR]

Diligencias: [NUMERO]


AL JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER N.º [NUMERO] DE [LOCALIDAD]


Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], procurador/a de los tribunales, en nombre y representación de Doña [NOMBRE_CLIENTE], cuyo apoderamiento y demás datos constan acreditados en los autos de referencia, y bajo la asistencia del/de la letrado/a Don/Doña [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE], colegiado/a n.º [NUMERO_COLEGIADO_ABOGADO_CLIENTE] del [NOMBRE_COLEGIO_ABOGADOS], ante el Juzgado comparezco, y como mejor proceda en Derecho, DIGO:

Que, mediante el presente escrito, dentro de plazo y forma conferidos al efecto, conforme a los artículos 795 y 800.4 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, vengo a formular ESCRITO DE ACUSACIÓN frente a don [NOMBRE_PARTE_CONTRARIA], todo ello en base a los siguientes:

CONCLUSIONES PROVISIONALES

PREVIA.- Mi mandante ha sido cónyuge/pareja sentimental del demandado don [NOMBRE_PARTE_CONTRARIA], hecho que ya ha quedado acreditado y figura en los autos de este procedimiento.

I.- HECHOS (1)

Desde el [DÍA_MES_AÑO] mi representada viene sufriendo (2) por parte del que era su pareja/cónyuge [NOMBRE_DEMANDADO], ya que:

[DESCRIPCIÓN_RELACION_HECHOS].

Como consecuencia de lo sucedido, mi mandante tuvo que acudir a los servicios médicos [DESCRIPCIÓN_PARTES_MEDICOS].

II.- DELITO

Los referidos hechos son constitutivos de un delito de lesiones/coacciones/amenazas/violencia física o psíquica, tipificados en el artículo [ESPECIFICAR] (3).

III.- AUTORÍA

De los anteriores delitos es responsable en concepto de autor el encausado Don [NOMBRE_PARTE_CONTRARIA],

IV.- No concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.

V.- CONDENA

Procede imponer al acusado las siguientes penas (4):

a)

Escrito de acusación en juicio rápido por delito de violencia de género (especialidad del artículo 795 LECrim, apartado 1, 2ª)

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