Escrito de conformidad ju... de género

Última revisión
01/12/2025

Escrito de conformidad juicio rápido por violencia de género

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Orden: penal

Fecha última revisión: 01/12/2025

Resumen:

El procedimiento de juicio rápido, regulado en los arts. 795 y ss. de la LECrim, establece que se podrán enjuiciar por este tipo de procedimiento, entre otros, los «a) Delitos de lesiones, coacciones, amenazas o violencia física o psíquica habitual, cometidos contra las personas a que se refiere el artículo 173.2 del Código Penal».

El artículo 173 del Código Penal establece en su apartado 2 que:

«El que habitualmente ejerza violencia física o psíquica sobre quien sea o haya sido su cónyuge o sobre persona que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia (...) será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de tres a cinco años y, en su caso, cuando el juez o tribunal lo estime adecuado al interés del menor o persona con discapacidad necesitada de especial protección, inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento por tiempo de uno a cinco años, sin perjuicio de las penas que pudieran corresponder a los delitos en que se hubieran concretado los actos de violencia física o psíquica.

Se impondrán las penas en su mitad superior cuando alguno o algunos de los actos de violencia se perpetren en presencia de menores, o utilizando armas, o tengan lugar en el domicilio común o en el domicilio de la víctima, o se realicen quebrantando una pena de las contempladas en el artículo 48 o una medida cautelar o de seguridad o prohibición de la misma naturaleza.

En los supuestos a que se refiere este apartado, podrá además imponerse una medida de libertad vigilada».

El escrito de conformidad del acusado viene recogido en el artículo 801.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, precepto que establece sus requisitos, a saber:

  1. Que no se hubiera constituido acusación particular y el Ministerio Fiscal hubiera solicitado la apertura del juicio oral y, así acordada por el juez de guardia, aquél hubiera presentado en el acto escrito de acusación.
  2. Hechos calificados como delito castigado con pena de hasta tres años de prisión, con pena de multa cualquiera que sea su cuantía o con otra pena de distinta naturaleza cuya duración no exceda de 10 años.
  3. Pena solicitada, o suma de las penas solicitadas, reducida en un tercio, no superior a dos años de prisión.

De acuerdo con lo expuesto, el siguiente modelo facilitará a la defensa del acusado la presentación del oportuno escrito de conformidad.

A TENER EN CUENTA. Por la reforma operada por la LO 1/2025, de 2 de enero, una vez implantados de forma efectiva los tribunales de instancia (D.T. 1.ª), todas las referencias realizadas a los juzgados unipersonales se entenderán hechas a las secciones del orden jurisdiccional correspondiente de los tribunales de instancia. En este caso, el art. 88 de la LOPJ atribuye esta materia a la Sección de Instrucción o Sección Única, salvo cuando la instrucción corresponda a las Secciones de Violencia sobre la Mujer; art. 89.5.b) de la LOPJ.


TIPO PROCEDIMIENTO: [ESPECIFICAR]

NÚMERO DE AUTOS: [AUTOS_NUMERO]


AL JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER [NUMERO] / SECCIÓN DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [LOCALIDAD] (1)

Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de Don [NOMBRE_CLIENTE], como tengo debidamente acreditado en autos, con la asistencia del/de la Letrado/a Don/...

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