Última revisión
Solicitud de subsanación/aclaración de resolución judicial dictada por juzgado de primera instancia
Relacionados:
Orden: civil
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
Indican tanto el Art. 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) como el Art. 215 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) que «las omisiones o defectos de que pudieren adolecer sentencias y autos y que fuere necesario remediar para llevarlas plenamente a efecto podrán ser subsanadas, mediante auto,(...)» siendo los plazos y el mismo procedimiento idénticos a lo dispuesto para las aclaraciones y rectificaciones.
En relación con lo anterior, el presente escrito ilustra una solicitud de complemento o subsanación de una resolución dictada por juzgado de primera instancia.
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO [NÚMERO] DE [LUGAR]
Procedimiento: [DESCRIPCIÓN]
Número: [NÚMERO]
D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], Procurador/a de los Tribunales y de D./D.ª …
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