Última revisión
Modelo 211. IRNR. Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente. Retención en la transmisión de bienes inmuebles. Gipuzkoa
Relacionados:
Orden: fiscal
Enlaces: Acceso Modelo Oficial
Fecha última revisión: 02/01/2023
Resumen:
Modelo 211. Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente. Retención en la transmisión de bienes inmuebles. Autoliquidación
DESTINATARIOS
Adquirentes de bienes inmuebles situados en Gipuzkoa transmitidos por no residentes que actúen sin mediación de establecimiento permanente, a efectos de declarar e ingresar la retención o el ingreso a cuenta, de acuerdo con los artículos 25.2 de la norma foral del impuesto y 18 de su reglamento.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
La presentación de la autoliquidación del modelo 211 e ingreso, en su caso, del importe resultante, se efectuará en el plazo de un mes a contar a partir de la fecha de la transmisión del inmueble.
FORMA DE PRESENTACIÓN
Internet: Mediante presentación por internet, a través de ZergaBidea.
Papel: Mediante cumplimentación y entrega del impreso 211 en entidades financieras colaboradoras.
NORMATIVA
ORDEN FORAL 270/2015, de 1 de junio, por la que se aprueban los modelos 210, 211 y 213 de declaración del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación, y se desarrollan determinadas normas relativas a la tributación de no residentes.