Última revisión
01/01/2023
Certificación de disolución de Sociedad Limitada (S.L.) acordada en Junta General
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Orden: mercantil
Fecha última revisión: 01/01/2023
La disolución de una Sociedad Limitada requerirá el acuerdo de la Junta General adoptado con la mayoría ordinaria del art. 198 de la Ley de Sociedades de Capital, es decir, mayoría de votos válidamente emitidos, siempre que representen al menos un tercio de los votos correspondientes a las participaciones sociales en que se divida el capital social. (sin computarse los votos en blanco).
El liquidador de la sociedad limitada podrá certificar dicho acuerdo mediante documento como el que se ilustra en el siguiente modelo.
CERTIFICACIÓN DE DISOLUCIÓN DE S.L. ACORDADA EN JUNTA GENERAL
D./D.ª [NOMBRE] Liquidador único de la Sociedad [NOMBRE_EMPRESA] S.L. en proceso de liquidación,
CERTIFICO
PRIMERO.- En el libro de Actas de la Sociedad [NOMBRE_EMPRESA] S.L. figura el Acta de la Junta General celebrada el [DIA] de [MES] de [AÑO], en la que los asuntos fueron sometidos a votación de forma separada de acuerdo con lo prev...
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