Solicitud genérica de devolución de ingresos indebidos a la Tesorería General de...uridad Social (TGSS)
Formularios
Solicitud genérica de dev...ial (TGSS)

Última revisión
18/03/2024

Solicitud genérica de devolución de ingresos indebidos a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS)

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min

Relacionados:

Orden: laboral

Fecha última revisión: 18/03/2024

Resumen:

El art. 44 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, en relación al derecho a la devolución de ingresos indebidos, especifica:

«1. El sujeto responsable del pago de cualquiera de los recursos que son objeto de gestión recaudatoria por la Tesorería General de la Seguridad Social, sea cual fuere el momento en que se hubiera realizado el ingreso y la causa que lo hubiera originado, tendrá derecho a la devolución total o parcial del importe de los ingresos que por error hubiese realizado, salvo que en el momento de su realización fuese deudor a la Seguridad Social o tuviese concedido un aplazamiento o moratoria; en este caso, el importe del ingreso erróneo se aplicará a la deuda pendiente de ingreso o de amortización, salvo para el caso de deuda exigible garantizada mediante el aval genérico previsto en este reglamento.

Las devoluciones de ingresos indebidos incluirán el interés de demora previsto en el artículo 28.3 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social desde la fecha de su ingreso en la Tesorería General de la Seguridad Social hasta la fecha de la propuesta de pago.

No procederá la devolución de cuotas u otros recursos ingresados maliciosamente, sin perjuicio de la responsabilidad de todo orden a que hubiera lugar.

2. Los ingresos que, en virtud de resolución judicial firme, resulten o se declaren objeto de devolución a los interesados, tendrán la consideración de ingresos indebidos y serán objeto de devolución en los términos fijados en dicha resolución, con aplicación de lo dispuesto, en su caso, en el artículo 24 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

3. El derecho a la devolución de ingresos indebidos de cuotas prescribirá a los cuatro años, a contar desde el día siguiente a su ingreso. Una vez reconocida la procedencia de la devolución, el derecho a exigir su pago caducará a los cuatro años a contar desde la fecha de notificación del acto de reconocimiento.

El derecho a la devolución de ingresos distintos de cuotas o demás conceptos de recaudación conjunta y asimilados a aquéllas se sujetará a los plazos de prescripción establecidos en las normas aplicables a la naturaleza de tales recursos.

4. Serán a cargo de la entidad gestora o colaboradora por cuya cuenta se efectúe la devolución de ingresos indebidos los intereses de demora que se satisfagan a los interesados, el importe del reembolso de los costes de las garantías aportadas para suspender el procedimiento de recaudación y los intereses que procedan sobre éste».

Del mismo modo, en relación a la competencia y plazo de resolución, el art. 45 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, especifica:

«1. La competencia para resolver sobre la procedencia de la devolución de las cantidades ingresadas indebidamente corresponderá a la Tesorería General de la Seguridad Social, conforme a la distribución de competencias que ésta tenga establecida.

En el supuesto de que la devolución se refiera a los conceptos de recaudación conjunta con las cuotas, corresponderá la resolución a los órganos u organismos gestores de aquéllos, los cuales, en su caso, comunicarán a la Tesorería General de la Seguridad Social sus resoluciones, una vez sean firmes en vía administrativa.

Sin embargo, no se requerirá resolución previa de los aludidos órganos u organismos gestores en los supuestos en que la devolución se solicite como consecuencia de errores materiales o de cálculo, por duplicidades de ingreso o por exceso sobre el tope máximo absoluto de la base de cotización, por períodos posteriores a la fecha de efectos de la baja o después de haber prescrito la acción para exigir su pago, o en cualquier supuesto en que la resolución de devolución deba basarse exclusivamente en la comprobación material, aritmética o contable o en el simple cómputo de los extremos alegados por los interesados.

A los efectos indicados en los párrafos anteriores, la Tesorería General de la Seguridad Social resolverá las solicitudes presentadas o las remitirá, cuando proceda, al organismo correspondiente junto a la documentación presentada para la resolución que proceda.

2. En cualquier caso, la resolución deberá adoptarse y notificarse dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que se hubiera completado la documentación que deba aportar el solicitante de la devolución.

Transcurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución expresa, podrá entenderse desestimada la solicitud.

Modelo para la presentación de solicitud ante la Dirección Provincial de la Seguridad Social de la devolución de ingresos indebidos».

Téngase en cuenta la existencia de modelo oficial para la solicitud de devolución de ingresos indebidos (Solicitud de Devolución de ingresos indebidos (modelo TC 13/1).), como la posibilidad realizar la petición mediante la sede electrónica de la Seguridad Social.


A LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

DELEGACIÓN PROVINCIAL DE [PROVINCIA]

 

D./D.ª [NOMBRE], DNI n.º [NÚMERO], teléfono n.º [NÚM_TLF], correo electrónico [E_MAIL], domicilio a efectos de notificación en [DOMICILIO], y provisto del n.º de la Seguridad Social [NÚMERO], EXPONE:

 

PRIMERO.- Con fecha [DIA] de [MES] de [AÑO] efectuó un ingreso de [CANTIDAD] euros, con n.º de justificante [NÚMERO] en la entidad bancaria (denominación y código) [NOMBRE_EMPRESA], sucursal número [NÚMERO], sita en [LOCALIDAD], correspondiente a [CONCEPTO] con denominación [DESCRIPCIÓN].

SEGUNDO.- Dicho pago no resulta adecuado a derecho por [ESPECIFICAR]

Solicitud genérica de devolución de ingresos indebidos a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS)

Ver el documento "Solicitud genérica de devolución de ingresos indebidos a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS)"

Acceda bajo demanda

Accede a más de 4.000.000 de documentos

Localiza la información que necesitas

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

La contratación de familiares en tu empresa. Paso a paso
Novedad

La contratación de familiares en tu empresa. Paso a paso

Dpto. Documentación Iberley

14.45€

13.73€

+ Información

Reclamación económico-administrativa. Paso a paso
Disponible

Reclamación económico-administrativa. Paso a paso

V.V.A.A

14.50€

13.78€

+ Información

FLASH FORMATIVO | Reclamación económico-administrativa
Disponible

FLASH FORMATIVO | Reclamación económico-administrativa

9.00€

0.00€

+ Información

Gestión recaudatoria de la Seguridad Social
Disponible

Gestión recaudatoria de la Seguridad Social

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información

Convenio especial con la Seguridad Social
Disponible

Convenio especial con la Seguridad Social

6.83€

6.49€

+ Información