Modelos 518/519/520. II. ...derivadas.

Última revisión
02/01/2023

Modelos 518/519/520. II. EE. Declaraciones de trabajo.Impuesto sobre el alcohol y bebidas derivadas.

Tiempo de lectura: 0 min

Tiempo de lectura: 0 min

Relacionados:

Orden: fiscal

Enlaces: Acceso Modelo Oficial

Fecha última revisión: 02/01/2023

Resumen:

Modelos 518/519/520. II. EE. Declaraciones de trabajo. 

OBJETO
Cumplir con los requisitos formales impuestos por el Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales, en la presentación de declaraciones trabajo, partes de incidencias y resultados de operaciones de productos objeto del Impuesto sobre Alcohol y Bebidas Derivadas.
Los modelos de declaración de trabajo con los que debe cumplirse en el marco del impuesto sobre el alcohol y bebidas derivadas son:
Modelo 518. Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas. Declaración de trabajo, aprobado por Resolución de 20 de enero de 1998, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban diversos modelos en relación con la gestión de los impuestos especiales.
Modelo 519. Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas. Parte de incidencias en operaciones de trabajo, aprobado por Resolución de 20 de enero de 1998, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales.
Modelo 520. Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas. Parte de resultado en operaciones de trabajo, aprobado por Resolución de 20 de enero de 1998, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales.

DESTINATARIOS
* Modelo 518:
Todo fabricante de alcohol, antes de poner en funcionamiento los aparatos de rectificación o destilación de su industria suscribirá una declaración de trabajo, sujeta al modelo aprobado por el centro gestor, que deberá numerar por años naturales, independientemente por cada aparato que tenga instalado. 
La Declaración de Trabajo se utiliza para documentar:
- Operaciones de destilación, rectificación y deshidratación en fábricas de alcohol.
- Operaciones de destilación en fábricas de bebidas derivadas.
- Operaciones de desnaturalización en fábricas y depósitos fiscales de alcohol.
Se presentará una Declaración de Trabajo por cada aparato que se vaya a poner en funcionamiento, indicándose el número del mismo. El plazo de la operación no podrá comprender días pertenecientes a dos períodos impositivos distintos. Las Declaraciones de Trabajo se numerarán correlativamente dentro de cada año natural, independientemente por cada aparato que se tenga instalado.

* Modelo 519:
Cuando por avería o por causa de fuerza mayor se interrumpa el inicio o la marcha normal de las operaciones, el fabricante lo comunicará inmediatamente al servicio de intervención por vía telemática.

Reparada la avería, podrán reanudarse las operaciones, haciéndose constar el tiempo de inactividad en la declaración de trabajo y dando cuenta de la reanudación al servicio de intervención por vía telemática.
Los Partes de Incidencias en operaciones de trabajo se podrán corresponder con una de las siguientes incidencias:
- Falta de inicio de las operaciones.
- Interrupción de las operaciones de trabajo.
- Reanudación de las operaciones de trabajo.
- Cancelación de las operaciones de trabajo.
- Cada una de estas incidencias deberá ser objeto de una declaración independiente.
Los Partes de Incidencias se numerarán correlativamente dentro de cada Declaración de Trabajo a que se refieran. En dicho parte deberá indicarse su número y la Declaración de Trabajo a que corresponde, así como el tipo de incidencia declarada.

Modelo 520:
El día, que finalice el período de actividad, el fabricante remitirá por vía telemática al servicio de intervención un parte de resultado de operaciones de trabajo, ajustado al modelo aprobado por el centro gestor. → En dicho parte de resultado de operaciones de trabajo se consignarán las materias primas realmente utilizadas y el alcohol obtenido, con expresión en ambos casos de su riqueza alcohólica en litros absolutos. Por el servicio de intervención se procederá al precintado de los aparatos firmando con el fabricante la oportuna diligencia.
Se presentará un Parte de Resultado por cada Declaración de Trabajo presentada, indicando su número, la Declaración de Trabajo y aparato a que corresponde, y el período impositivo a que refiere. Los Partes de Resultado se numerarán correlativamente por establecimiento dentro de cada año natural, con indepen dencia del aparato utilizado y del número que corresponda a la Declaración de Trabajo.

ÓRGANO Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
Estos modelos se dirigirán a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
Plazos: Los indicados anteriormente para cada modelo.

FORMA DE PRESENTACIÓN
Telemática

NORMATIVA
- Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales.
- Resolución de 20 de enero de 1998, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban diversos modelos en relación con la gestión de los Impuestos Especiales.
- Orden EHA/3482/2007, de 20 de noviembre, por la que se aprueban determinados modelos, se refunden y actualizan diversas normas de gestión en relación con los Impuestos Especiales de Fabricación y con el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos y se modifica la Orden EHA/1308/2005, de 11 de mayo, por la que se aprueba el modelo 380 de declaración-liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido en operaciones asimiladas a las importaciones, se determinan el lugar, forma y plazo de presentación, así como las condiciones generales y el procedimiento para su presentación por medios telemáticos.


LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

La fiscalidad de los impuestos especiales
Disponible

La fiscalidad de los impuestos especiales

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información

IVA en operaciones internacionales. Paso a paso
Disponible

IVA en operaciones internacionales. Paso a paso

V.V.A.A

17.00€

16.15€

+ Información

Casos prácticos de IVA en operaciones intracomunitarias e internacionales
Disponible

Casos prácticos de IVA en operaciones intracomunitarias e internacionales

Dpto. Documentación Iberley

17.00€

16.15€

+ Información

IVA en operaciones interiores. Paso a paso
Disponible

IVA en operaciones interiores. Paso a paso

V.V.A.A

17.00€

16.15€

+ Información