Querella por revelación d...de empresa

Última revisión
23/01/2024

Querella por revelación de secretos de empresa

Tiempo de lectura: 6 min

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Orden: penal

Fecha última revisión: 23/01/2024

Resumen:

El delito de revelación de secretos de empresa viene regulado en el art. 279 CP, según el cual, «La difusión, revelación o cesión de un secreto de empresa llevada a cabo por quien tuviere legal o contractualmente obligación de guardar reserva, se castigará con la pena de prisión de dos a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.

Si el secreto se utilizara en provecho propio, las penas se impondrán en su mitad inferior».

Conductas como el descubrimiento y revelación de secretos de empresa afectan directamente a la capacidad competitiva de la compañía e incluso a sus derechos de propiedad intelectual o industrial.

Nótese que el párrafo segundo del art. 279 describe un subtipo atenuado (privilegiado), para los casos en que una persona obligada a guardar el secreto lo utiliza en provecho propio. El fundamento radica en que beneficiarse sólo a uno mismo es menos lesivo, en términos de competencia ilícita, que difundirlo para provecho de varios. A propósito de lo acabado de exponer, el delito contemplado en el primer párrafo del art. 279 se comete cualquiera que sea el beneficiario de la información indebidamente revelada, pero si ese beneficiario es el propio obligado a guardar el secreto, será de aplicación el subtipo atenuado del párrafo segundo, precisamente porque, se entiende que con ello se ha reducido el ámbito de difusión indebida del secreto de empresa y el consiguiente perjuicio causado a la misma.

El siguiente formulario ilustra una querella por delito de revelación de secretos de empresa, de conformidad con lo dispuesto en el citado párrafo segundo del art. 279 CP.

A TENER EN CUENTA. Dispone el nuevo art. 258bis, introducido en la LECrim vía Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, que las actuaciones procesales se realizarán preferentemente mediante presencia telemática, incluyendo las que se celebren ante los/las letrados/as de la Administración de Justicia o ante el Ministerio fiscal. En las citaciones se informará de la posibilidad de declarar de forma telemática en las condiciones establecidas en el citado precepto. Esta novedad entrará en vigor el 20 de marzo de 2024, de modo que hasta ese momento, el art. 258bis LECrim no resulta de aplicación. El siguiente formulario se halla actualizado a la citada reforma.


AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE [LOCALIDAD] QUE POR TURNO DE REPARTO CORRESPONDA 

 

Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], Procurador/a de los Tribunales, en nombre y representación de Don/Doña [NOMBRE_CLIENTE], con domicilio en esta ciudad [DOMICILIO_CLIENTE], y provisto/a de D.N.I. número [NIF_CIF_DNI_CLIENTE] lo que acredito mediante escritura de poder general para pleitos, para su unión a los autos por copia testimoniada con devolución de aquélla, previo testimonio en autos, con la asistencia del/de la Letrado/a Don/Doña [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE], con núm. de colegiado/a [NUMEROCOLEGIADO_ABOGADO_CLIENTE] como más procedente sea en Derecho ante el Juzgado comparezco y DIGO:

Que siguiendo las instrucciones de mi mandante, formulo querella en ejercicio del derecho reconocido en los arts. 270 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal contra Don/Doña [NOMBRE_PARTECONTRARIA] por el delito de descubrimiento y revelación de secretos recogido en el 278 y siguientes del Código Penal, a cuyo efecto, dando cumplimiento a lo que determina el art 277 y concordantes de dicha ley, EXPONGO: 

PRIMERO.- Juez ante quien se presenta

Se presenta ante el Juzgado de Instrucción de esta ciudad que por turno de reparto corresponda por ser el competente para su instrucción, a tenor de los arts. 14 y 272 de la Ley de Enjuiciamiento criminal, al haber ocurrido los hechos dentro de este partido, concretamente en [LOCALIDAD].

SEGUNDO.- Nombre, apellidos y vecindad del querellante

El querellante se llama Don/Doña [NOMBRE_CLIENTE] como queda dicho, mayor de edad, [ESTADO_CIVIL_CLIENTE], de profesión [PROFESION], vecino de [LOCALIDAD], con domicilio en [DOMICILIO_CLIENTE].

TERCERO.- Nombre, apellidos y vecindad del/de la querellado/a

El/La querellado/a se llama Don/Doña [NOMBRE_PARTECONTRARIA], mayor de edad, [ESTADO_CIVIL_PARTECONTRARIA], de profesión  [PROFESION], vecino/a de [LOCALIDAD], con domicilio en [DOMICILIO_PARTECONTRARIA]. Estuvo trabajando como representante de comercio y técnico de ventas en la empresa [NOMBRE_EMPRESA] S.A., sociedad tiene como objeto social [ACTIVIDAD_EMPRESA], así como la prestación de servicios de tramitación, gestión y despacho de [ESPECIFICAR] necesaria para la importación y exportación de productos. Asimismo, ejercía funciones complementarias a las anteriores, como las de transitorio, información y distribución de cargas, almacenaje y distribución y otras parecidas; y el estudio, intermediación y asesoramiento técnico, comercial y financiero de actividades de [ACTIVIDAD_EMPRESA].

CUARTO.- Relación circunstanciada de los hechos

Los hechos que motivan la querella y que presentan caracteres delictivos son los siguientes: Poco antes de abandonar el querellado su puesto de trabajo, en concreto, los días [DIA], [DIA] de [MES] y [DIA] de [MES] de  [AÑO], Don/Doña [NOMBRE_PARTECONTRARIA] remitió desde su cuenta de correo electrónico en la empresa [NOMBRE_EMPRESA], ([CORREO_ELECTRONICO]) a su cuenta de correo electrónico personal ([CORREO_ELECTRONICO]), diversa información sobre estrategias de marketing de la empresa (tarifas de fletes y gastos a la llegada con el correspondiente margen comercial para la empresa), listado de clientes, tablas de costes de proveedores, tarifas de transporte, de almacenaje y de grupaje, tratándose toda esta documentación de carácter confidencial y reservado para la empresa para la que estaba trabajando y a la que tenía acceso por su condición de comercial de la misma
a través de una Intranet.

Don/Doña [NOMBRE_PARTECONTRARIA] remitió esta información para ser utilizada en su nuevo puesto de trabajo, en la empresa [NOMBRE_EMPRESA] S.L., sociedad cuyo objeto social es prácticamente idéntico al de la empresa
para la que trabajaba hasta entonces y que le dio de alta en la Seguridad Social el día  [DIA] de [MES] de [AÑO], [PLAZO_DIAS] días después de abandonar su puesto de trabajo [NOMBRE_EMPRESA] S.A.

Los hechos que quedan expuestos revisten los típicos caracteres de un delito de descubrimiento y revelación de secretos del artículo 279 párrafo segundo del Código Penal del que presuntamente es culpable el querellado.

QUINTO.- Como diligencias a practicar para la comprobación del hecho señalamos las siguientes:

a- Declaración [telemática/presencial] de la parte querellada sobre los hechos de la querella y que manifieste en particular: [DESCRIPCION]

b- Documental, teniendo por reproducidos los documentos que se acompañan a la querella.

c- Testifical [telemática/presencial] Don/Doña [NOMBRE]

Ello con arreglo a lo dispuesto en el art. 258 bis LECrim, relativo la celebración de los actos procesales mediante presencia telemática (1).

Por todo ello, 

SUPLICO AL JUZGADO:

Admita esta querella, se practiquen las diligencias interesadas en el número anterior y se tomen las pertinentes medidas cautelares sobre la situación personal y sobre los bienes del querellado Don/Doña [NOMBRE_PARTECONTRARIA] disponiendo se proceda al procesamiento (en el procedimiento ordinario), detención y prisión provisional del querellado, o se le exija fianza por la libertad en la cantidad de [CANTIDAD] euros, y otra fianza para cubrir las responsabilidades civiles y, en su defecto, se decrete el embargo de sus bienes suficientes para atender dichas responsabilidades, que esta parte valora en [CANTIDAD] euros.

Es justicia que pido en [LOCALIDAD] a [DIA] de [MES] de [AÑO].

 

LETRADO/A Don/Doña [NOMBRE]

PROCURADOR/A Don/Doña [NOMBRE]

QUERELLANTE Don/Doña [NOMBRE]

 

PRIMER OTROSÍ DIGO: que conforme a lo dispuesto en el art. 281.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, esta parte considera que está exenta de prestar fianza (2)

SEGUNDO OTROSÍ DIGO: solicitamos la incoación del oportuno procedimiento y, previos trámites oportunos, se dicte en su día sentencia condenando al/a querellado/a por el delito antes expresado, con intereses desde el momento de interposición de la querella, y que tenga por hecha esta manifestación

 

En su virtud,

 

SUPLICO AL JUZGADO:

Tenga por hechas las anteriores manifestaciones, sirviéndose admitirlas.

 

Por ser justicia, fecha y lugar «ut supra»

 

LETRADO/A Don/Doña [NOMBRE]

PROCURADOR/A Don/Doña [NOMBRE]

QUERELLANTE Don/Doña [NOMBRE]

 

 

(1) Tras la introducción en la LECrim del nuevo art. 258bis a través del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, las actuaciones procesales se realizarán preferentemente, salvo que el juez o jueza o tribunal, en atención a las circunstancias, disponga otra cosa, mediante presencia telemática, incluyendo las que se celebren ante los/las letrados/as de la Administración de Justicia o ante el Ministerio fiscal. En las citaciones se informará de la posibilidad de declarar de forma telemática en las condiciones establecidas en el citado precepto. Esta reforma entrará en vigor el 20 de marzo de 2024, hasta ese momento el art. 258bis LECrim no se aplicará.

(2) Otra opción en caso de que el querellante no esté exento:

«PRIMER OTROSÍ DIGO: que en cumplimiento de lo prevenido en el art. 280 de la Ley de Enjuiciamiento criminal, esta parte está dispuesta a prestar la fianza que el Juzgado estime conveniente para responder de las resultas del juicio.

SEGUNDO OTROSÍ DIGO: solicitamos la incoación del oportuno procedimiento y, previos trámites oportunos, se dicte en su día sentencia condenando al/a querellado/a por el delito antes expresado, con intereses desde el momento de interposición de la querella, y que tenga por hecha esta manifestación.

En su virtud:

NUEVAMENTE SUPLICO AL JUZGADO:

Se sirva acordar en dicho sentido, fijando la cuantía».

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