Solicitud de entrega directa al ejecutante de los bienes embargados
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Última revisión
01/01/2024

Solicitud de entrega directa al ejecutante de los bienes embargados

Tiempo de lectura: 2 min

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Orden: civil

Fecha última revisión: 01/01/2024

Resumen:

El letrado o letrada de la Administración de Justicia responsable de la ejecución entregará directamente al ejecutante, por su valor nominal, los bienes embargados que sean: (Artículo 634 LEC):

1.º Dinero efectivo.

2.º Saldos de cuentas corrientes y de otras de inmediata disposición.

3.º Divisas convertibles, previa conversión, en su caso.

4.º Cualquier otro bien cuyo valor nominal coincida con su valor de mercado, o que, aunque inferior, el acreedor acepte la entrega del bien por su valor nominal.

El letrado o letrada de la Administración de Justicia podrá acordar la entrega de las cantidades embargadas, cuando tengan carácter periódico, mediante el dictado de una resolución que ampare las posteriores entregas hasta el completo pago del principal. Una vez cubierto el principal y, en su caso, liquidados los intereses y tasadas las costas, podrá acordarse también la entrega de las cantidades embargadas en la forma indicada y por esos conceptos mediante el dictado de una sola resolución.

Cuando se trate de saldos favorables en cuenta, con vencimiento diferido, el propio letrado o letrada de la Administración de Justicia adoptará las medidas oportunas para lograr su cobro, pudiendo designar un administrador cuando fuere conveniente o necesario para su realización.

En la ejecución de aquellas sentencias que condenen al pago de cantidad debida por incumplimiento de contrato de venta a plazos de bienes muebles, el letrado de la Administración de Justicia, a instancia del ejecutante, entregará el bien o bienes vendidos o financiados a plazos por el valor resultante de las tablas o índices referenciales de depreciación establecidos en el contrato.

A TENER EN CUENTA. El RD-ley 6/2023, de 19 de diciembre, modifica el artículo 634 de la LEC con entrada en vigor el 20/03/2024. El presente formulario se encuentra actualizado a esta reforma.


Procedimiento [DESCRIPCION]

Autos [NUMERO]/[NUMERO]

AL JZUGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º [NUMERO] DE [LOCALIDAD]

D./D.ª [NOMBRE], Procurador/a de los Tribunales, en nombre y representación de D./D.ª [NOMBRE], mayor de edad, con domicilio en C/ [CALLE], N.º [NUMERO], CP [CODIGO_POSTAL], [LOCALIDAD], [PROVINCIA] y provisto/a de DNI [NUMERO] y bajo la dirección letrada de D./D.ª

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