Última revisión
Inscripción de una UTE para la aplicación de los beneficios fiscales de la Ley del Impuesto sobre Sociedades
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2024
Resumen:
Las uniones temporales de empresas reguladas en la Ley 18/1982, de 26 de mayo, sobre régimen fiscal de agrupaciones y uniones temporales de Empresas y de Sociedades de desarrollo industrial regional, e inscritas en el registro especial del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, así como sus empresas miembros, tributarán con arreglo a lo establecido en su normativa singular.
Por su parte, en virtud de lo expuesto en el art. 45, Ley 27/2014, de 27 de noviembre, las uniones temporales de empresas inscritas en el registro especial del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, así como sus empresas miembros, tributarán con arreglo a lo establecido en el artículo 43, excepto en relación con la regla de valoración establecida en el segundo párrafo del apartado 4 del citado artículo.
DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS
MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Don/Doña [NOMBRE] con NIF [NIF], domicilio a efectos de notificaciones en [DOMICILIO], correo electrónico [EMAIL], …
Ver el documento "Inscripción de una UTE para la aplicación de los beneficios fiscales de la Ley del Impuesto sobre Sociedades"
Acceda bajo demandaAccede a más de 4.000.000 de documentos
Localiza la información que necesitas