Auto Civil Nº 134/2008, A...re de 2008

Última revisión
15/10/2008

Auto Civil Nº 134/2008, Audiencia Provincial de Badajoz, Sección 3, Rec 338/2008 de 15 de Octubre de 2008

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Orden: Civil

Fecha: 15 de Octubre de 2008

Tribunal: AP - Badajoz

Ponente: MORENO MONTERO, JOSE MARIA

Nº de sentencia: 134/2008

Núm. Cendoj: 06083370032008200298

Resumen:
MATERIAS NO ESPECIFICADAS

Encabezamiento

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BADAJOZ

SECCIÓN TERCERA

MÉRIDA

Auto nº 134/08

Rollo ap. civil nº 338/08

A U T O

En Mérida a quince de octubre de dos mil ocho.

Antecedentes

Único: En nombre de D. Luis se apela del Auto del Juzgado de Primera Instancia Nº Tres de Mérida de 15-XI-07 en los autos nº 472/07, de impugnación de resolución sobre justicia gratuita, promovidos por dicho apelante, resolución en que se acordaba tenerlo por desistido de la demanda. La Abogacía del Estado se opone al recurso.

Es Ponente en el caso Su S.ª Iltma. Don José María Moreno Montero.

Fundamentos

Primero: El recurso merece pronta desestimación. Frente a la correcta aplicación, por la Juez "a qua", del art. 442-1 de la LEC , teniendo por desistido al ahora apelante ante su injustificada inasistencia a la correspondiente vista, a la que constaba citado regularmente, el escrito de recurso se limita a afirmar que "quien en su día me asesoraba jurídicamente me indicó que lo mejor era que desistiera de mi petición", circunstancia que no dispensa del régimen establecido en el mencionado precepto.

A mayor abundamiento, y como la Abogada del Estado destaca acertadamente, la minusvalía alegada en el cauce administrativo de la justicia gratuita no bastaba para su concesión.

Segundo: En cuanto a las costas de esta apelación, y visto lo que disponen los arts. 398 y 394 de la LEC , procede imponerlas a la parte recurrente.

En virtud de cuanto antecede,

Fallo

Que desestimando el recurso, debemos confirmar y confirmamos el Auto del Juzgado de Primera Instancia Nº Tres de Mérida de 15-XI-07 en los autos nº 472/07. Con imposición de las costas de segunda instancia a la parte apelante.

Así por este nuestro Auto lo pronunciamos, mandamos y firmamos Don José María Moreno Montero, Doña Juana Calderón Martín y Don Jesús Souto Herreros.

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