Auto Civil Nº 16/2007, Au...ro de 2007

Última revisión
30/01/2007

Auto Civil Nº 16/2007, Audiencia Provincial de Madrid, Sección 22, Rec 29/2007 de 30 de Enero de 2007

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Orden: Civil

Fecha: 30 de Enero de 2007

Tribunal: AP - Madrid

Ponente: GALAN CACERES, ELADIO

Nº de sentencia: 16/2007

Núm. Cendoj: 28079370222007200016

Núm. Ecli: ES:APM:2007:1674A

Resumen:
Se tiene por desistido el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Torrejón de Ardoz, sobre modificación de medidas. La apelante ha desistido de la apelación interpuesta en el proceso de modificación de medidas definitivas. Todo recurrente podrá desistir del recurso antes de que sobre él recaiga resolución. Habiéndose presentado por la apelante, escrito por el que desiste del presente recurso de apelación, resulta procedente tener a ésta por apartada y desistida del mismo.

Encabezamiento

MADRID

AUTO: 00016/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 22

18020

C/ FRANCISCO GERVAS N: 10 (PLANTA 12*)

Tfno.: 914936204-05-06-07- Fax: 914936210

N.I.G. 28000 1 7026654 /2007

Rollo: RECURSO DE APELACION 29 /2007

Proc. Origen: MODIFICACION MEDIDAS DEFINITIVAS 668 /2005

Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 5 de TORREJON DE ARDOZ

Ponente:

Demandado/Apelante: Silvia

Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO

Demandante/Apelado: Domingo

Procurador: MARIA DEL PILAR MALDONADO FELIX

AUTO Nº

ILTMOS. SRES.:

D. EDUARDO HIJAS FERNANDEZ

D. ELADIO GALAN CACERES

D. JOSE ANGEL CHAMORRO VALDES/

En Madrid, a treinta de enero de dos mil siete.

Antecedentes

UNICO.- Por Doña Silvia , parte apelante en el rollo de apelación arriba expresado, se ha presentado escrito desistiendo de la apelación interpuesta, en los términos que constan en el escrito presentado que se dan por reproducidos.

Fundamentos

UNICO: Todo recurrente podrá desistir del recurso antes de que sobre él recaiga resolución, y habiéndose presentado por Doña Silvia escrito por el que desiste de la presente apelación, resulta procedente tener a ésta por apartada y desistida del presente recurso, con expresa imposición de las costas causadas en esta alzada a dicha parte apelante.

Vistos los artículos 450 y 396 de la Ley de Enjuiciamiento Civil , y demás de concordante aplicación, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. ELADIO GALAN CACERES .

Fallo

Se tiene por apartada y desistida del presente recurso de apelación a Doña Nuria , con expresa imposición en las costas causadas en esta alzada a la parte apelante.

Se declara firme y de pleno derecho la Sentencia dictada por el Juzgado de lª Instancia nº 5 de los de Torrejón de Ardoz, en el procedimiento de modificación de medidas nº 668/05, con fecha 4 de julio de 2006, a que el presente rollo se contrae.

Comuníquese esta resolución al referido Juzgado, con devolución de los autos originales, a los efectos procedentes. Llévese certificación de la misma al rollo de Sala.

Así por este nuestro Auto, lo acordamos, mandamos y firmamos.

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