Última revisión
15/02/2008
Auto Civil Nº 34/2008, Audiencia Provincial de Pontevedra, Sección 1, Rec 429/2007 de 15 de Febrero de 2008
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Orden: Civil
Fecha: 15 de Febrero de 2008
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: VALDES GARRIDO, FRANCISCO JAVIER
Nº de sentencia: 34/2008
Núm. Cendoj: 36038370012008200217
Encabezamiento
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
PONTEVEDRA
AUTO: 00034/2008
Domicilio : C/ ROSALIA DE CASTRO NUM. 5
Telf : 986805108
Fax : 986860534
Modelo : 1450K
N.I.G.: 36038 37 1 2007 0000811
ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000429 /2007
Juzgado procedencia : JDO. DE LO MERCANTIL N. 2 de PONTEVEDRA
Procedimiento de origen : PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000273 /2006
RECURRENTE : INDUSTRIAS NAVALES A XUNQUEIRA, S.L.
Procurador/a : MARIA DEL AMOR ANGULO GASCON
Letrado/a : Maximino
RECURRIDO/A : Emiliano
Procurador/a : JOSE PORTELA LEIROS
Letrado/a : LUIS GONZALEZ DEUS
A U T O nº 34/08
Iltmos/as. Sres/as.:
PRESIDENTE D/ña. MANUEL ALMENAR BELENGUER
MAGISTRADO D/ña. FRANCISCO JAVIER VALDÉS GARRIDO
MAGISTRADO D/ña. MARIA BEGOÑA RODRIGUEZ GONZÁLEZ
En PONTEVEDRA, a quince de Febrero de dos mil ocho.
Antecedentes
PRIMERO.- En la tasación de costas practicada en este juicio se han incluído los honorarios del LETRADO D/Dª Maximino por un importe de 4.928,84 euros.
SEGUNDO.- Dicha tasación de honorarios ha sido impugnada por la parte condenada , estimando que la cantidad reclamada es excesiva.
TERCERO.- De dicha impugnación se ha dado traslado al profesional afectado por plazo de cinco días, habiendo manifestado que reconoce el error en que ha incurrido a la hora de interpretar la regla del Baremo de Honorarios de los Colegios de Abogados de Galicia aplicable y, en consecuencia, acepta que sus honorarios por la intervención en este recurso de apelación sean reducidos a la cantidad de 2.133,53 Euros (1.839,25 Euros más 294,28 Euros en concepto de IVA). .
Fundamentos
ÚNICO.- Habiendo aceptado el letrado de la parte beneficiaria de la condena en costas Sr. Maximino , la reducción de la minuta de honorarios que propone la parte impugnante, procede establecer el importe de dicha minuta en la suma de 1.839,25, más otros 294,28 euros de IVA al tipo 16%, lo que hace un total de 2.133,53 euros, de conformidad con lo preceptuado en el art. 246.1 de la LEC . Debiendo por la Sra. Secretaria practicarse nueva tasación de costas teniendo en cuenta dicha modificación y sin que, dada la conformidad del letrado, porceda hacer especial imposición de las costas del incidente de impugnación de la tasación de costas, por excesivas.
En atención a lo expuesto,
Fallo
Se acuerda: Establecer en 2.133,53 euros (IVA incluído) el importe de la minuta de honorarios del letrado Sr. Maximino , debiendo procederse por la Sra. Secretaria a la modificación en tal sentido de la tasación de costas por la misma practicada con fecha 19 de noviembre de 2007; todo ello sin hacer especial imposición de las costas procesales del presente incidente.
Lo acuerdan y firman los Iltmos. Sres. Magistrados. Doy fe.
