Última revisión
22/03/2010
Auto Civil Nº 61/2010, Audiencia Provincial de Caceres, Sección 1, Rec 23/2010 de 22 de Marzo de 2010
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Orden: Civil
Fecha: 22 de Marzo de 2010
Tribunal: AP - Caceres
Ponente: GONZALEZ FLORIANO, ANTONIO MARIA
Nº de sentencia: 61/2010
Núm. Cendoj: 10037370012010200063
Núm. Ecli: ES:APCC:2010:177A
Encabezamiento
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
CACERES
AUTO: 00061/2010
A U T O Nº 61/10
Ilmos. Sres.:
PRESIDENTE:
DON JUAN FRANCISCO BOTE SAAVEDTRA
MAGISTRADOS
DON ANTONIO MARIA GONZALEZ FLORIANO
DOÑA MARIA TERESA VÁZQUEZ PIZARRO
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Rollo Sala nº 365/09 I.T.C. nº 23/10
Autos núm. 251/08 Juzgado 1ª Instª nº 3 de Plasencia
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En la ciudad de Cáceres, a veintidós de marzo de dos mil diez.
El escrito presentado por la procuradora Sra. Hernandez Castro únase a la pieza de su razón.
Antecedentes
PRIMERO.- Que fueron recibidos en esta Audiencia los autos de que el Rollo de Apelación nº 365/09 se refiere, en virtud de los recursos de apelación interpuestos por DON Felix y DON Iván ..
SEGUNDO.- Que con fecha o de febrero de 2010 a instancia de la procuradora Sra. Hernandez Castro en nombre de Don Iván se practicó Tasación de Costas que ascendió a la cantidad de 2.483,74 euros de la que se dio vista a la parte condenada al pago para que la impugnara o hiciera efectiva. Y dentro del término conferido, la parte condenada impugnó dicha tasación de costas mediante escrito que obra unido a las actuaciones por considerar excesivos los honorarios de la letrada Doña. Virtudes incoándose la correspondiente pieza con el nº 23/10 para la tramitación del incidente
TERCERO Dado traslado del escrito de impugnación a la Letrado Doña. Virtudes por término de 5 dias, no se presentó dentro de plazo escrito alguno, acordándose remitir certificación al Iltre Colegio de Abogados de Cáceres para emitir el correspondiente informe y posteriormente se presentó escrito con fecha 16 de marzo en el que se manifestaba por dicha letrado estar de acuerdo con la reducción de sus honorarios.
Habiendo sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON ANTONIO MARIA GONZALEZ FLORIANO .
Fundamentos
UNICO.- Impugnada la minuta de la Letrado Doña Elena Virtudes por considerarla excesiva, y formada que fue pieza separada con el n° 23/10 para la tramitación del incidente; tras los trámites legales, por dicha letrado se presentó escrito con fecha 16 de marzo de 2010, por el que admitía la reducción de honorarios manifestada de contrario, por lo que a tenor de lo dispuesto en el art. 246.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil es procedente aprobar la tasación de costas practicada aplicando dicha reducción e imponiendo las costas del incidente a la parte impugnada de conformidad con lo establecido en el art. 246.3 de la Ley de E . Civil
Fallo
LA SALA ACUERDA: Debemos estimar la impugnación de honorarios de la Letrado Sra. Virtudes por excesivos, por considerar que la minuta correcta es 815 euros más 130,40 euros de IVA lo que hace un total de 945,40 euros.
Se APRUEBA LA TASACIÓN DE COSTAS del presente rollo de apelación por importe de 1.201,94 euros y a cuyo pago viene obligado Don Felix de la que corresponden 945,40 euros a la letrado Doña. Virtudes 153,93 a la procuradora de instancia y 102,61 euros a la procuradora de la alzada.
Líbrese testimonio de la presente resolución a fin de que se lleve a efecto la exacción de expresadas costas en la vía de apremio, si así lo solicitare la parte, a quienes se hace saber que cualquier petición relacionada con esta ejecución habrán de dirigirse directamente al Juzgado de instancia.
Se imponen las costas del presente incidente a la parte impugnada.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno.
LO ACUERDA Y FIRMA EL TRIBUNAL. Certifico.
E/
