Auto Civil Tribunal Supre...zo de 2012

Última revisión
27/03/2012

Auto Civil Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec 2032/2011 de 27 de Marzo de 2012

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Orden: Civil

Fecha: 27 de Marzo de 2012

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: ARROYO FIESTAS, FRANCISCO JAVIER

Núm. Cendoj: 28079110012012201021

Núm. Ecli: ES:TS:2012:2966A

Resumen:
Impugnación de acuerdos sociales. Recurso de casación. ADMISIÓN

Encabezamiento

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintisiete de Marzo de dos mil doce.

Antecedentes

1.- Por la representación procesal de PIRIZ MINERA DE TRANSPORTES S.L. con fecha 28 de septiembre de 2011, se ha interpuesto recurso de casación contra la sentencia dictada, en fecha 13 de julio de 2010, por la audiencia Provincial de Salamanca, en el rollo nº 122/2010 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1371/2008, del juzgado de Primera Instancia nº 4 de Salamanca.

2.- Por Providencia de fecha 7 de noviembre de 2011 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes , habiéndose notificado la misma a los litigantes.

3.- La Procuradora Sra. Pérez Saavedra , en nombre y representación de PIRIZ MINERA DE TRANSPORTES S.L., presentó escrito ante esta Sala con fecha 20 de octubre de 2011, personándose en calidad de parte recurrente . La parte recurrida no ha comparecido en legal forma.

4.- Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas

Fundamentos

1.- Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de PIRIZ MINERA DE TRANSPORTES S.L., al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el art. 477.2 , ordinal 3º de la L.E.C. 2000.

2.- No habiéndose personado en el presente rollo la parte recurrida, queden los autos pendientes de señalamiento del día y hora para la celebración de la vista, o , en su caso, para la votación y fallo de los recursos.

Fallo

LA SALA ACUERDA

1º)ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de PIRIZ MINERA DE TRANSPORTES S.L., contra la sentencia dictada con fecha 13 de julio de 2010, por la audiencia Provincial de Salamanca, en el rollo nº 122/2010 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1371/2008, del juzgado de Primera Instancia nº 4 de Salamanca.

2º) No habiéndose personado en el presente rollo la parte recurrida, queden los autos pendientes de señalamiento del día y hora para la celebración de la vista, o , en su caso, para la votación y fallo del recurso.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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