Última revisión
12/09/2011
Auto Penal Nº 332/2011, Audiencia Provincial de Huelva, Sección 2, Rec 1/2011 de 12 de Septiembre de 2011
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Orden: Penal
Fecha: 12 de Septiembre de 2011
Tribunal: AP - Huelva
Ponente: MARTIN MAZUELOS, FRANCISCO JOSE
Nº de sentencia: 332/2011
Núm. Cendoj: 21041370022011200389
Núm. Ecli: ES:APH:2011:761A
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA
Sección Segunda
Recurso de Queja penal núm. 1/2011
Proc. Origen: Juicio de faltas núm. 247/10
Juzgado Origen : Juzgado de Instrucción núm. 1 de Ayamonte
Apelante: Juan Luis
A U T O NÚM. 332
Iltmos. Sres.:
D. FRANCISCO JOSE MARTÍN MAZUELOS (Ponente)
D. FLORENTINO GREGORIO RUIZ YAMUZA
D. ANDRÉS BODEGA DE VAL
En Huelva, a doce de septiembre de marzo de dos mil once.
Antecedentes
PRIMERO.- En referido procedimiento se dictó auto el 7 de marzo de 2.011 que inadmitió recurso de apelación interpuesto por Juan Luis contra sentencia dictada el 14 de febrero anterior en el junio de faltas número 247/2010.
SEGUNDO.- Ha interpuesto recurso de queja y se han recabado los preceptivos informes del Juez y del Ministerio Fiscal.
Fundamentos
PRIMERO.- El artículo 212 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , disposición de carácter general, establece que el plazo se contará "desde el siguiente al de la última notificación" en su párrafo primero, lo que reitera en su párrafo tercero en referencia específica al juicio de faltas, párrafo al que se remite el 974.1 relativo al juicio de faltas. Está vigente pues la norma referente al inicio del cómputo, si bien la reducción del plazo a un día que hace el artículo 212 párrafo tercero ha de quedar sustituido por el de cinco días que establece la norma especial y por tanto preferente del artículo 976.1.
SEGUNDO.- Acreditado que la última notificación de la sentencia fue al denunciado recurrente el 22 de febrero de 2.011 , teniendo en cuenta que son inhábiles los días 26 y 27 de febrero (sábado y domingo) y el 28 (fiesta en la Comunidad de Andalucía), el plazo acababa el día 2 de marzo, pudiendo presentarse el recurso hasta las quince horas del día siguiente día 3 ( artículo 135.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y Acuerdo del Pleno de la Sala 2ª del T.S. de 28 de junio de 2.002).
TERCERO.- El día 3 de marzo tuvo entrada en el registro general del Decanato el escrito de recurso vía fax, tal como consta en el sello que estampó dicho servicio, obviamente en horas de funcionamiento y a las 9:55 si atendemos al fechado del fax. Es de aplicación el artículo 135.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil que admite dicho medio de presentación y al propio tiempo impone hacer llegar el original dentro de los tres días siguientes y, en efecto, fue presentado el original el día siguiente 4 de marzo, por lo que la queja debe ser esrtimada.
Fallo
La Sala ACUERDA
ESTIMAR el recurso de queja y ordenar la admisión a trámite del recurso de apelación que presentó contra la sentencia Juan Luis .
Remítase al Juzgado certificación de esta resolución para cumplimiento de lo acordado, con devolución del procedimiento.
Así por este auto lo mandamos y firmamos.
