Auto Social Nº 130/2008, ...re de 2008

Última revisión
03/10/2008

Auto Social Nº 130/2008, Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 2112/2008 de 03 de Octubre de 2008

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Orden: Social

Fecha: 03 de Octubre de 2008

Tribunal: TSJ Galicia

Ponente: YEBRA-PIMENTEL VILAR, PILAR

Nº de sentencia: 130/2008

Núm. Cendoj: 15030340012008200089

Resumen:
INCAPACIDAD PERMANENTE

Encabezamiento

Ilmos. Sres. D/D.ª

ROSA Mª RODRIGUEZ RODRIGUEZ

EMILIO FERNANDEZ DE MATA

PILAR YEBRA PIMENTEL VILLAR

A CORUÑA a tres de Octubre de dos mil ocho

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado el siguiente

AUTO

En el recurso de suplicación nº 0002112 /2008, interpuesto por María Rosario , siendo parte recurrida

INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL , y siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. PILAR YEBRA PIMENTEL VILLAR

Antecedentes

UNICO: Que la parte recurrente en suplicación ha presentado escrito, por el que manifiesta su intención de que se le tenga por desistida del mismo.

Fundamentos

UNICO: Expresamente manifestado su deseo de desistir por la parte recurrente en suplicación, procede admitirlo de acuerdo con lo establecido en el artículo 450 de la Ley de Enjuiciamiento Civil , con los consiguientes efectos

Por todo ello, la Sala

Fallo

Tener por desisitido a María Rosario , parte recurrente en suplicación en estas actuaciones, declarándose la firmeza de la resolución de fecha 18-DICIEMBRE-07 dictada por JDO. DE LO SOCIAL nº 002 de LUGO en sus autos número 0000673 /2007.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de Súplica ante esta Sala en el plazo de cinco días; y una vez firme expídase certificación para constancia en el Rollo que se archivará en este Tribunal, incorporándose el original al correspondiente Libro, previa devolución. de los autos al Juzgado de lo Social de procedencia

Así por este Auto, lo pronuncian, mandan y firman, conmigo, Secretario de la Sala, que doy fe.

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