Jurisprudencia por Cano Murillo, Alicia.
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Valoración de la prueba
Incapacidad permanente
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Social
Administrativo
Ponente
Cano Murillo, Alicia
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Auto aclaratorio
Tribunal
TSJ Extremadura
Se desestima recurso de suplicación interpuesto contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de los de Badajoz, en materia de reclamación de cantidad. No se accede a la revisión de hechos declarados probados en la sentencia, ya que son intrascendentes para alterar el fallo. La suspensión de empleo y sueldo, como medida cautelar, exime de la obligación de trabajar y remunerar el trabajo; si la adopción de esta medida responde a criterios razonables autorizados por la normativa en
El TSJ mantiene el pronunciamiento de instancia que estima parcialmente la pretensión deducida por el trabajador, en reclamación de los salarios no satisfechos desde el 21 de enero de 2003 al 18 de julio de 2003, en las que se incluyen prorratas de pagas extras y compensación en metálico de vacaciones no disfrutadas, al desestimar el recurso interpuesto tanto por el trabajador como la Junta de Extremadura demandada. El argumento que emplea la recurrente no es otro que considerar que como a l
/srv/alfresco/importar_alfresco/sentencias_juntas/xml_nuevo/5/resumen/59026.html no existe
Despido improcedente: intento de extinción por jubilación del empresario siete años después de producirse ésta. El actor recibió carta de su empresario según la cual se procedía a extinguir su contrato por jubilación del empresario. Este se había jubilado en el Régimen de Autónomos en 1990 y la causa extintiva la alega en 1997, por ello el cese se califica como despido improcedente porque es indiscutible que los siete años que en el caso de autos han transcurrido entre la jubilación y el ci
Despido por causas objetivas. Se plantea si se ha producido un reversión en el servicio y actividad y el Ayuntamiento codemandado debe de subrogarse en la trabajadora. Que habia sido despedida por la empresa concesionaria de la contrata.
Se desestima recurso de suplicación interpuesto contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de los de Badajoz, en materia de reclamación de cantidad. No se accede a la revisión de hechos declarados probados en la sentencia, ya que son intrascendentes para alterar el fallo. La suspensión de empleo y sueldo, como medida cautelar, exime de la obligación de trabajar y remunerar el trabajo; si la adopción de esta medida responde a criterios razonables autorizados por la normativa en
El TSJ mantiene el pronunciamiento de instancia que estima parcialmente la pretensión deducida por el trabajador, en reclamación de los salarios no satisfechos desde el 21 de enero de 2003 al 18 de julio de 2003, en las que se incluyen prorratas de pagas extras y compensación en metálico de vacaciones no disfrutadas, al desestimar el recurso interpuesto tanto por el trabajador como la Junta de Extremadura demandada. El argumento que emplea la recurrente no es otro que considerar que como a l
/srv/alfresco/importar_alfresco/sentencias_juntas/xml_nuevo/5/resumen/59026.html no existe
Despido improcedente: intento de extinción por jubilación del empresario siete años después de producirse ésta. El actor recibió carta de su empresario según la cual se procedía a extinguir su contrato por jubilación del empresario. Este se había jubilado en el Régimen de Autónomos en 1990 y la causa extintiva la alega en 1997, por ello el cese se califica como despido improcedente porque es indiscutible que los siete años que en el caso de autos han transcurrido entre la jubilación y el ci
Despido por causas objetivas. Se plantea si se ha producido un reversión en el servicio y actividad y el Ayuntamiento codemandado debe de subrogarse en la trabajadora. Que habia sido despedida por la empresa concesionaria de la contrata.