Jurisprudencia sobre Contraprestación.
Filtros
Voces
Cláusula suelo
Sociedad de responsabilidad limitada
Prestatario
Impuesto sobre el Valor Añadido
Tipos de interés
Ponente
Cremades Morant, Juan Bautista
Herrera Tagua, Jose
Fernandez Montalvo, Rafael
Utrillas Carbonell, Fernando
Martinez Mico, Juan Gonzalo
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
Conclusiones
Financiación de la Corporación RTVE. Aportación de los prestadores de servicios de comunicación audiovisual televisiva. Artículo 6 de la Ley 8/2009, de 28 de agosto. La cuestión con interés casacional consiste en: en aquellos supuestos en los que un operador de comunicaciones electrónicas presta servicios que consisten en la oferta simultánea (i) de difusión de canales de televisión ajenos cuya resp
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
En ese procedimiento, los ahora apelados no interesaron la resolución del contrato de permuta, una de las dos opciones contempladas en la estipulación tercera del contrato privado, sino que pidieron que se "declarase incumplido, el referido contrato y se condenase a Promociones T a "satisfacerles en concepto de contraprestación" determinadas cantidades, incrementadas en 570.000 ptas por daños y perjuicios. Esto es, que se sustituyese la entrega del piso y plaza de garaje
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Financiación de la Corporación RTVE. Aportación de los prestadores de servicios de comunicación audiovisual televisiva. Artículo 6 de la Ley 8/2009, de 28 de agosto. La cuestión con interés casacional consiste en: en aquellos supuestos en los que un operador de comunicaciones electrónicas presta servicios que consisten en la oferta simultánea (i) de difusión de canales de televisión ajenos cuya resp
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
En ese procedimiento, los ahora apelados no interesaron la resolución del contrato de permuta, una de las dos opciones contempladas en la estipulación tercera del contrato privado, sino que pidieron que se "declarase incumplido, el referido contrato y se condenase a Promociones T a "satisfacerles en concepto de contraprestación" determinadas cantidades, incrementadas en 570.000 ptas por daños y perjuicios. Esto es, que se sustituyese la entrega del piso y plaza de garaje
MATERIAS NO ESPECIFICADAS