Inclusión en la pensión de alimentos de los gastos escolares como gastos ordinar...so número 1983/2013.
Inclusión en la pensión d...1983/2013.

Última revisión
09/01/2015

Inclusión en la pensión de alimentos de los gastos escolares como gastos ordinarios. Fija doctrina. Sentencia del Tribunal Supremo de 15 de octubre de 2014, número 579/2014, sección 1. Recurso número 1983/2013.

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Orden: Civil

Fecha: 15 de Octubre de 2014

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: CALVO CABELLO, JOSE LUIS

Nº de sentencia: 579/2014

Nº de recurso: 1983/2013

Núm. Cendoj: 28079110012014100569

Núm. Ecli: ES:TS:2014:4438

Núm. Roj: STS 4438/2014

Resumen
Pensión de Alimentos. Gastos escolares reconocidos como ordinarios.Se fija por nuestro Alto Tribunal que los gastos causados al comienzo del curso escolar de cada año son gastos ordinarios en cuanto son gastos necesarios para la educación de los hijos, incluidos, por lo tanto, en el concepto legal de alimentos. Sin esos gastos los hijos no comenzarían cada año su educación e instrucción en los colegios. Y porque se producen cada año son, como los demás gastos propios de los alimentos, periódicos (lo periódico no es solo lo mensual) y, por lo tanto, previsibles en el sí y aproximadamente en el cuánto.

Voces

Pensión por alimentos

Padre no custodio

Hijo menor

Actividades de refuerzo y/o extraescolares

Consentimiento del progenitor

Hijo común

Gasto sanitario

Patria potestad

Necesidades de los hijos

Capacidad económica

Alimentista

Descendientes

Obligaciones recíprocas

Ascendientes

Menor de edad

Gastos escolares

Alimentos del hijo