Jurisprudencia de Juzgado de Primera Instancia - Gijón.
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Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Orden
Civil
Ponente
Llavona Calderón, Juan Carlos
Alonso Alonso, Javier
Covian Regales, Miguel Juan
Pajin Collada, Maria Covadonga
Campo Izquierdo, Angel Luis
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Tribunal
Juzgado de Primera Instancia - Gijón
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Juzgado de Primera Instancia - Gijón
Auto CIVIL Nº 67/2016, JPI Gijón, Sec. 5, Rec 155/2015, 13-04-2016
PRIMERO: Se plantea la falta de legitimación activa de la parte ejecutante para instar la ejecución hipotecaria por haber constituido un fondo de titulación y cesión de derecho de crédito a favor de una tercera entidad.La demanda ejecutiva ha sido promovida por UNIÓN DE CRÉDITOS INMOBILIARIOS, S.A alegando ser la titular del derecho real de hipoteca que grava la vivienda habitual de D. Miguel y Teodosio y fundando su acción en primera copia de escritura pública de constitución de pré
Auto CIVIL Nº 77/2014, JPI Gijón, Sec. 8, Rec 1074/2013, 26-02-2013
UNICO.- Este juzgador es conocedor del acuerdo sobre unificación de criterio de la AP de Asturias, no obstante considero que:1. Es cierto que existe un acuerdo de la Audiencia Provincial de Asturias en relación a este punto, que con independencia de considerar que es contrario a ley, en concreto al art 807 de la LEC . Ese acuerdo incurre en
Sentencia Civil Nº 199/2013, JPI Gijón, Sec. 2, Rec 32/2013, 05-12-2013
PRIMERO.- Pretenden las demandantes, conforme resulta del suplico de su demanda y aclaraciones realizadas en el trámite de la audiencia previa, se declare la nulidad de la orden de compra de valores suscrita con la entidad BANCO SANTANDER, SA., por vicio del consentimiento, imputando a la demandada una quiebra del deber de información que ha supuesto la prestación del consentimiento por error al haber contratado ese producto en la convicción de que se trataba de un depósito en el que el único
Sentencia Civil Nº 30/2013, JPI Gijón, Sec. 7, Rec 791/2012, 07-02-2013
PRIMERO. En el presente juicio se solicita que se condene a la entidad El Comercio, S.A. y al director de dicho diario, por haber infringido el derecho a la intimidad y la propia imagen de la hija menor de los demandantes, publicando noticias relativas a su fallecimiento, describiendo las causas del mismo, identificándola con su nombre y apellidos y domicilio, y acompañando al reportaje fotografías de dicha menor.
SEGUNDO. Del resultado de la prueba practicada en el presente juicio se
Sentencia Civil Nº 55/2014, JPI Gijón, Sec. 2, Rec 9/2013, 24-03-2014
PRIMERO.-Pretenden las demandantes, conforme resulta del suplico de su demanda, se declare la nulidad de las órdenes de compra de valores suscritas con la entidad BANCO SANTANDER, S.A., por vicio del consentimiento, imputando a la demandada una quiebra del deber de información que ha supuesto la prestación del consentimiento por error al haber contratado ese producto en la convicción de que se trataba de un depósito en el que el único riesgo que asumía era no poder disponer del dinero
Sentencia Civil Nº 185/2013, JPI Gijón, Sec. 3, Rec 137/2013, 04-11-2013
PRIMERO.-En el presente pleito, la parte actora ejercita, frente los diversos agentes de la edificación (promotora, arquitectos superiores y arquitecto técnico), las acciones de responsabilidad previstas en la Ley de Ordenación de la Edificación (cuya aplicación al caso de autos no es discutida); y, junto con las anteriores, la acción contractual y las derivadas de la normativa de protección
Sentencia Civil Nº 149/2013, JPI Gijón, Sec. 10, Rec 72/2013, 12-07-2013
PRIMERO. Según resulta de los documentos aportados los actores suscribieron el día 28 de noviembre de 2006 una orden de compra de valores identificados como 'preferentes' de la entidad SOS CUETARA por importe de 100.000 €, a la que siguió el día 19 de septiembre de 2007 otra relativa a los designados como 'valores Santander' por importe de 50.000 €, y una tercera -en este caso suscrita únicamente por el demandante- el día 23 de julio de 2009 también relativa a esos 'valores Santander' en cuan
Sentencia Civil Nº 74/2014, JPI Gijón, Sec. 6, Rec 828/2013, 20-05-2014
PRIMERO.-La restitución a ultranza de las cantidades invertidas en el producto denominado 'Valores Santander' pretende obtenerse por los demandantes mediante tres acciones: una principal y dos subsidiarias. La acción principal se funda en la nulidad radical o absoluta del contrato de suscripción de los títulos por falta de consentimiento e inexistencia de causa o ser ésta torpe, aunque al describir las acciones que se acumulan en la demanda también se habla de que el contrato es contr
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Auto CIVIL Nº 67/2016, JPI Gijón, Sec. 5, Rec 155/2015, 13-04-2016
PRIMERO: Se plantea la falta de legitimación activa de la parte ejecutante para instar la ejecución hipotecaria por haber constituido un fondo de titulación y cesión de derecho de crédito a favor de una tercera entidad.La demanda ejecutiva ha sido promovida por UNIÓN DE CRÉDITOS INMOBILIARIOS, S.A alegando ser la titular del derecho real de hipoteca que grava la vivienda habitual de D. Miguel y Teodosio y fundando su acción en primera copia de escritura pública de constitución de pré
Auto CIVIL Nº 77/2014, JPI Gijón, Sec. 8, Rec 1074/2013, 26-02-2013
UNICO.- Este juzgador es conocedor del acuerdo sobre unificación de criterio de la AP de Asturias, no obstante considero que:1. Es cierto que existe un acuerdo de la Audiencia Provincial de Asturias en relación a este punto, que con independencia de considerar que es contrario a ley, en concreto al art 807 de la LEC . Ese acuerdo incurre en
Sentencia Civil Nº 199/2013, JPI Gijón, Sec. 2, Rec 32/2013, 05-12-2013
PRIMERO.- Pretenden las demandantes, conforme resulta del suplico de su demanda y aclaraciones realizadas en el trámite de la audiencia previa, se declare la nulidad de la orden de compra de valores suscrita con la entidad BANCO SANTANDER, SA., por vicio del consentimiento, imputando a la demandada una quiebra del deber de información que ha supuesto la prestación del consentimiento por error al haber contratado ese producto en la convicción de que se trataba de un depósito en el que el único
Sentencia Civil Nº 30/2013, JPI Gijón, Sec. 7, Rec 791/2012, 07-02-2013
PRIMERO. En el presente juicio se solicita que se condene a la entidad El Comercio, S.A. y al director de dicho diario, por haber infringido el derecho a la intimidad y la propia imagen de la hija menor de los demandantes, publicando noticias relativas a su fallecimiento, describiendo las causas del mismo, identificándola con su nombre y apellidos y domicilio, y acompañando al reportaje fotografías de dicha menor.
SEGUNDO. Del resultado de la prueba practicada en el presente juicio se
Sentencia Civil Nº 55/2014, JPI Gijón, Sec. 2, Rec 9/2013, 24-03-2014
PRIMERO.-Pretenden las demandantes, conforme resulta del suplico de su demanda, se declare la nulidad de las órdenes de compra de valores suscritas con la entidad BANCO SANTANDER, S.A., por vicio del consentimiento, imputando a la demandada una quiebra del deber de información que ha supuesto la prestación del consentimiento por error al haber contratado ese producto en la convicción de que se trataba de un depósito en el que el único riesgo que asumía era no poder disponer del dinero
Sentencia Civil Nº 185/2013, JPI Gijón, Sec. 3, Rec 137/2013, 04-11-2013
PRIMERO.-En el presente pleito, la parte actora ejercita, frente los diversos agentes de la edificación (promotora, arquitectos superiores y arquitecto técnico), las acciones de responsabilidad previstas en la Ley de Ordenación de la Edificación (cuya aplicación al caso de autos no es discutida); y, junto con las anteriores, la acción contractual y las derivadas de la normativa de protección
Sentencia Civil Nº 149/2013, JPI Gijón, Sec. 10, Rec 72/2013, 12-07-2013
PRIMERO. Según resulta de los documentos aportados los actores suscribieron el día 28 de noviembre de 2006 una orden de compra de valores identificados como 'preferentes' de la entidad SOS CUETARA por importe de 100.000 €, a la que siguió el día 19 de septiembre de 2007 otra relativa a los designados como 'valores Santander' por importe de 50.000 €, y una tercera -en este caso suscrita únicamente por el demandante- el día 23 de julio de 2009 también relativa a esos 'valores Santander' en cuan
Sentencia Civil Nº 74/2014, JPI Gijón, Sec. 6, Rec 828/2013, 20-05-2014
PRIMERO.-La restitución a ultranza de las cantidades invertidas en el producto denominado 'Valores Santander' pretende obtenerse por los demandantes mediante tres acciones: una principal y dos subsidiarias. La acción principal se funda en la nulidad radical o absoluta del contrato de suscripción de los títulos por falta de consentimiento e inexistencia de causa o ser ésta torpe, aunque al describir las acciones que se acumulan en la demanda también se habla de que el contrato es contr