Jurisprudencia de Juzgado de Primera Instancia - San Bartolomé de Tirajana.
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Obligaciones y bonos convertibles
Comisión Nacional del Mercado de Valores
Consumación del contrato
Vicios del consentimiento
Cláusula rebus sic stantibus
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Orden
Civil
Ponente
Suarez Ramos, Carlos
Garcia Castellano, Armando Jose
Garcia Oliva, Hanania
Javier Sotillo Buzarra
Lobon Lacueva, Carlos
Tipo de sentencia
Sentencia
Tribunal
Juzgado de Primera Instancia - San Bartolomé de Tirajana
Búsqueda: Tribunal
Juzgado de Primera Instancia - San Bartolomé de Tirajana
Sentencia Civil Nº 59/2014, JPI San Bartolomé de Tirajana, Sec. 4, Rec 1913/2012, 02-05-2014
PRIMERO.- En el presente Juicio Ordinario número 1913/2012, el actor, Don
Maximino , ejercitó una acción sobre nulidad contractual con reclamación de cantidad y subsidiariamente, una acción de indemnización por incumplimiento contractual contra la entidad mercantil Banco Santander, SA.,
Por su parte, la Letrada de la entidad mercantil demandada manifestó en su escrito de contestación a la demanda y en la vista, en fase de conclusiones que la entidad bancaria informó suficientemente a
Sentencia Civil JPI San Bartolomé de Tirajana, Sec. 4, Rec 62/2011, 30-03-2012
Primero: MARINA VALLADARES Y ASICIADOS S.L presentó contra la entidad 'Banco Santander S.A.' una demanda en el ejercicio de la que llamó 'acción de nulidad de contrato de producto financiero (swap flotante) por error en el consentimiento'. Fundó sus pretensiones, indicadas en los antecedentes de esta sentencia, en el contrato que celebró con la demandada el día 11 de junio de 2.008, denominado 'Confirmación de Permuta Financiera de Tipo de Interés', que integra, como señala el 'Contra
Sentencia Civil Nº 226/2014, JPI San Bartolomé de Tirajana, Sec. 1, Rec 191/2013, 01-09-2014
PRIMERO: Planteamiento de la litis.- a) Alegaciones del actor.- Ejercirta la parte actora - los herederos de don Alfonso - una acción de nulidad referida al contrato suscrito por don Alfonso con el Banco Santander en fecha 20 de septiembre de 2009, en virtud del cual adquiría 24 títulos de ' Valores Santader ', por un precio total de 120.000 euros.La suscripción del contrato, según se expone en la demanda, obedecía al deseo del contratante de dar una inversión segura al dinero obteni
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Juzgado de Primera Instancia - San Bartolomé de Tirajana
Sentencia Civil Nº 59/2014, JPI San Bartolomé de Tirajana, Sec. 4, Rec 1913/2012, 02-05-2014
PRIMERO.- En el presente Juicio Ordinario número 1913/2012, el actor, Don
Maximino , ejercitó una acción sobre nulidad contractual con reclamación de cantidad y subsidiariamente, una acción de indemnización por incumplimiento contractual contra la entidad mercantil Banco Santander, SA.,
Por su parte, la Letrada de la entidad mercantil demandada manifestó en su escrito de contestación a la demanda y en la vista, en fase de conclusiones que la entidad bancaria informó suficientemente a
Sentencia Civil JPI San Bartolomé de Tirajana, Sec. 4, Rec 62/2011, 30-03-2012
Primero: MARINA VALLADARES Y ASICIADOS S.L presentó contra la entidad 'Banco Santander S.A.' una demanda en el ejercicio de la que llamó 'acción de nulidad de contrato de producto financiero (swap flotante) por error en el consentimiento'. Fundó sus pretensiones, indicadas en los antecedentes de esta sentencia, en el contrato que celebró con la demandada el día 11 de junio de 2.008, denominado 'Confirmación de Permuta Financiera de Tipo de Interés', que integra, como señala el 'Contra
Sentencia Civil Nº 226/2014, JPI San Bartolomé de Tirajana, Sec. 1, Rec 191/2013, 01-09-2014
PRIMERO: Planteamiento de la litis.- a) Alegaciones del actor.- Ejercirta la parte actora - los herederos de don Alfonso - una acción de nulidad referida al contrato suscrito por don Alfonso con el Banco Santander en fecha 20 de septiembre de 2009, en virtud del cual adquiría 24 títulos de ' Valores Santader ', por un precio total de 120.000 euros.La suscripción del contrato, según se expone en la demanda, obedecía al deseo del contratante de dar una inversión segura al dinero obteni