Jurisprudencia sobre Precontrato.
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Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Civil
Supranacional
Constitucional
Ponente
O'callaghan Muñoz, Xavier
Cremades Morant, Juan Bautista
Vigo Morancho, Agustin
Utrillas Carbonell, Fernando
Delgado Rodriguez, Fernando
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
03065370072005100163 Órgano: Audiencia Provincial Sede: Elche/Elx Sección: 7 Nº de Resolución: 426/2005 Fecha de Resolución: 13/10/2005 Nº de Recurso: 794/2004 Jurisdicción: Civil Ponente: JOSE DE MADARIA RUVIRA Procedimiento: CIVIL Tipo de Resolución: Sentencia
03065370072008100113 Órgano: Audiencia Provincial Sede: Elche/Elx Sección: 7 Nº de Resolución: 64/2008 Fecha de Resolución: 07/03/2008 Nº de Recurso: 727/2006 Jurisdicción: Civil Ponente: MARIA DE LAS MERCEDES MATARREDONA RICO Procedimiento: CIVIL Tipo de Resolución: Sentencia
RESOLUCION CONTRATOS
CUMPLIMIENTO CONTRATOS
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Santiago de Compostela, sobre resolución de contrato de arrendamiento de vivienda. Se entiende que, habida cuenta de la falta de constancia documental, la ausencia de una testifical fiable sobre esta cuestión y las contradicciones entre las partes, no se puede considerar probada la existencia de un contrato de arrendamiento, ni tampoco la de un precontrato
Versando los autos sobre CUMPLIMENTOS DE CONTRATO Y OTROS EXTREMOS.
En la sentencia apelada el Juzgado desestimó la demanda de los Sres. Para que pudiera darse cumplimiento forzoso al precontrato, como se pretende por los actores, se haría preciso, en todo casa, su validez y eficacia (un precontrato no deja de ser en si mismo un contrato en el que las partes se ''obligan a obligarse,, en el contrato definitivo), y la determinación suficiente de
La Audiencia Provincial de Zaragoza estima el recurso de apelación del demandado sobre precontrato; la Sala señala que interpretando el contrato suscrito entre las partes, se deduce que la validez del citado contrato se hizo depender de la adjudicación a la actora de la expendeduría interesada a través de la resolución que dictase el organismo competente resolutoria del concurso convocado, que se publicaría en el B.O.E., y no de cualquier otra resolución resolutoria de posible
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
03065370072005100163 Órgano: Audiencia Provincial Sede: Elche/Elx Sección: 7 Nº de Resolución: 426/2005 Fecha de Resolución: 13/10/2005 Nº de Recurso: 794/2004 Jurisdicción: Civil Ponente: JOSE DE MADARIA RUVIRA Procedimiento: CIVIL Tipo de Resolución: Sentencia
03065370072008100113 Órgano: Audiencia Provincial Sede: Elche/Elx Sección: 7 Nº de Resolución: 64/2008 Fecha de Resolución: 07/03/2008 Nº de Recurso: 727/2006 Jurisdicción: Civil Ponente: MARIA DE LAS MERCEDES MATARREDONA RICO Procedimiento: CIVIL Tipo de Resolución: Sentencia
RESOLUCION CONTRATOS
CUMPLIMIENTO CONTRATOS
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Santiago de Compostela, sobre resolución de contrato de arrendamiento de vivienda. Se entiende que, habida cuenta de la falta de constancia documental, la ausencia de una testifical fiable sobre esta cuestión y las contradicciones entre las partes, no se puede considerar probada la existencia de un contrato de arrendamiento, ni tampoco la de un precontrato
Versando los autos sobre CUMPLIMENTOS DE CONTRATO Y OTROS EXTREMOS.
En la sentencia apelada el Juzgado desestimó la demanda de los Sres. Para que pudiera darse cumplimiento forzoso al precontrato, como se pretende por los actores, se haría preciso, en todo casa, su validez y eficacia (un precontrato no deja de ser en si mismo un contrato en el que las partes se ''obligan a obligarse,, en el contrato definitivo), y la determinación suficiente de
La Audiencia Provincial de Zaragoza estima el recurso de apelación del demandado sobre precontrato; la Sala señala que interpretando el contrato suscrito entre las partes, se deduce que la validez del citado contrato se hizo depender de la adjudicación a la actora de la expendeduría interesada a través de la resolución que dictase el organismo competente resolutoria del concurso convocado, que se publicaría en el B.O.E., y no de cualquier otra resolución resolutoria de posible