Sentencia Administrativo Nº 363, Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Rec 7... 30 de Abril de 2001
Última revisión
Sentencia Administrativo Nº 363, Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Rec 7749 de 30 de Abril de 2001
Sentencia
Orden: Administrativo
Fecha: 30 de Abril de 2001
Tribunal: TSJ Galicia
Ponente: QUINTAS RODRIGUEZ, JUAN BAUTISTA
Nº de sentencia: 363
Nº de recurso: 7749
Resumen
PROCESO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SOBRE ACTA DE
INFRACCIÓN.
Es objeto del presente recurso contencioso-administrativo
una resolución de la Subdirección General de Recursos del Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales por la que se impone a la ahora recurrente una sanción por
infracción muy grave por dar ocupación a trabajadores titulares de prestaciones
por desempleo. La demandante alega como motivos de recurso que aunque tal
conducta está efectivamente tipificada como falta muy grave, ello es sólo para
los casos en los que existe ánimo defraudatorio bien por parte del trabajador
bien por parte de la empresa, sosteniendo que en el presente caso no se da ese
ánimo. Además afirma que a la empresa no le constaba que el trabajador se
hallaba en la referida situación.
En la Ley de Protección del Desempleo se establece que
las prestaciones o subsidios por desempleo serán incompatibles con el trabajo
por cuenta propia o ajena, excepto cuando el trabajo que se realice sea a
tiempo parcial, en cuyo caso se deducirá del importe de la prestación la parte
proporcional al tiempo trabajado. Serán, asimismo, incompatibles con la
obtención de pensiones o prestaciones de carácter económico de la Seguridad
Social, salvo que éstas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la
prestación por desempleo.
En el Acta de Inspección de trabajo recurrida se imputa a
la empresa recurrente una falta muy grave en su grado mínimo, versando por un
lado sobre la acción de empleo a trabajadores perceptores de prestaciones por
desempleo y por otro sobre la falta de alta en la seguridad Social y no figurar
inscrito en el Libro de Matrícula de personal. Tales infracciones no son
desvirtuadas por la recurrente, por lo que ha de confirmarse la resolución
combatida.
En cuanto a la cuantificación de la sanción que se
graduará en atención a la negligencia e intencionalidad del sujeto infractor,
entre otros factores, no puede sustraerse al control jurisdiccional, dado que
toda sanción debe de determinarse en connivencia con la entidad de la
infracción cometida y según un criterio de proporcionalidad atento a las
circunstancias objetivas del hecho, y por tanto, a la vista de los hechos y
ante la sanción impuesta, esta Sala determina que se han respetado tales
principios.
Voces
Presunción de certeza
Carga de la prueba
Fuerza probatoria
Prueba en contrario
Acta de inspección
Actividad inspectora
Actividades empresariales
Representación procesal
Cifra de negocios
Días naturales
Medios de prueba
Plazo de prescripción
Prueba de cargo
Presunción de legalidad de los actos administrativos
Actos consentidos
Presunción de veracidad de las actas
Se ha alcanzado el límite semanal de acceso por IP a 5 sentencias
Para poder acceder al doble de documentos semanales regístrese de manera gratuita:
Registro Gratuito¿Necesita un acceso ilimitado?
Vea aquí nuestras tarifas de suscripciónSi es usted cliente o ya se ha registrado, introduzca sus datos de acceso.
Acceder