Sentencia Administrativo Nº 826/2007, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Contencioso, Sección 5, Rec 328/2004 de 23 de Octubre de 2007
- Orden: Administrativo
- Fecha: 23 de Octubre de 2007
- Tribunal: TSJ Cataluña
- Ponente: Ortuño Rodriguez, Alicia Esther
- Núm. Sentencia: 826/2007
- Núm. Recurso: 328/2004
- Núm. Cendoj: 08019330052007100922
- Núm. Ecli: ES:TSJCAT:2007:10971
Se estima el Recurso Contencioso Administrativo interpuesto por la entidad recurrente contra la Resolución dictada por el Departament de Política Territorial i Obres Públiques de la Generalitat de Catalunya por desestimación presunta, por efectos del silencio, sobre intimación de pago de los intereses de demora correspondientes a seis certificaciones de obras. La Sala entiende que cuando la cantidad adeudada por intereses legales derivados de la demora en el pago de certificaciones de obra tenga la consideración de cantidad líquida, bien porque desde un principio así ha sido reclamada, o bien porque su exacta cuantificación sólo depende de una simple operación aritmética, al ser conocidos y determinados los factores que han de ser tenidos en cuenta para realizarla, es de aplicación lo dispuesto sobre la obligación del deudor de abonar los intereses legales de los intereses vencidos desde que son judicialmente reclamados hasta su completo pago, aunque la Administración haya guardado silencio sobre este punto.
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