Sentencia Administrativo Nº S/S, Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Rec 1366/2001 de 29 de Enero de 2004
- Orden: Administrativo
- Fecha: 29 de Enero de 2004
- Tribunal: Audiencia Nacional
- Ponente: Salvo Tambo, Maria Asuncion
- Núm. Sentencia: S/S
- Núm. Recurso: 1366/2001
- Núm. Cendoj: 28079230022004100176
- Núm. Ecli: ES:AN:2004:522
La AN confirma la resolución impugnada relativa a liquidación del Impuesto sobre Sociedades. Entiende la Sala que los gastos, constituidos por atenciones a clientes, distintos de los gastos de promoción, publicidad o de propaganda del producto en la apertura o prospección de nuevos mercados, no tienen la consideración de "necesarios", como declara la jurisprudencia al tratarse de gastos "convenientes", que derivan más de un uso social. Este mismo criterio se aplica a los "gastos de representación" y a las atenciones con el personal de la propia empresa. La Sala considera que el importe de gastos de restaurantes, partidas de viajes, regalos siendo las partidas más valiosas las entregadas a los consejeros de la entidad; cajas de bombones, tabaco y flores, no resultan necesarias en el sentido propugnado por la doctrina del TS, y carecen de contraprestación además de que algunas de ellas no se encuentran debidamente documentadas.
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