Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Secci...de Noviembre de 2003
Sentencia Administrativo ...re de 2003

Última revisión
10/11/2003

Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 4, Rec 5566/2000 de 10 de Noviembre de 2003

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Orden: Administrativo

Fecha: 10 de Noviembre de 2003

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: FERNANDEZ MONTALVO, RAFAEL

Nº de sentencia: S/S

Nº de recurso: 5566/2000

Núm. Cendoj: 28079130042003100797

Resumen
El T.S. confirma la procedencia de Orden impugnada en el proceso por Asociación de Agricultores recurrente, por la que se establecen las bases reguladoras y se hace la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades asociativas representativas del sector agrario y alimentario para el fomento de actividades de colaboración y representación, al no entender, la Sala, discriminatoria la misma. Reitera el Tribunal que para apreciar una discriminación contraria al ordenamiento jurídico, es preciso que se señale un adecuado término de comparación, lo que comporta que se aprecie homogeneidad entre la situación de quien se considera discriminado y la de quien sirve de referencia, esto es, la de aquella con la que se aspira a obtener un tratamiento igual en la norma impugnada. En consecuencia con lo anterior, la Sala no entiende discriminatoria la Orden cuestionada porque, la representación y participación ante los órganos de la Unión Europea puede ser un criterio a tener en cuenta para la distribución de la subvención de que se trata, el resultado de las elecciones en el ámbito de las Cámaras Agrarias y a los Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen pueden ser indiciarios de la respectiva representatividad de las distintas organizaciones agrarias, los gastos efectivos de funcionamiento, como advierte el Tribunal de instancia, constituyen también un criterio atendible por su vinculación a la actividad desarrollada, a la implantación y representación de las entidades interesadas en la subvención y, por último, la misma valoración de criterios jurídicamente atendibles y de no discriminación merecen el de las actividades de interés general o las relativas a seguros agrarios desarrolladas por las distintas organizaciones agrarias, ya que se trata de aspectos o fines ligados a la Administración y a la función propia de las entidades agrarias subvencionadas.

Voces

Incongruencia omisiva

Derecho a la tutela judicial efectiva

Concesión de subvención

Pesca

Causa petendi

Oposiciones

Jurisdicción contencioso-administrativa

Vicio de incongruencia

Principio pro actione

Denominación de origen

Vía de hecho

Derecho de igualdad

Actividad de fomento

Principio de igualdad