Última revisión
04/09/2025
Sentencia Civil 352/2025 Audiencia Provincial Civil de Barcelona nº 17, Rec. 379/2023 de 21 de mayo del 2025
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Orden: Civil
Fecha: 21 de Mayo de 2025
Tribunal: Audiencia Provincial Civil nº 17
Ponente: MARIA SANAHUJA BUENAVENTURA
Nº de sentencia: 352/2025
Núm. Cendoj: 08019370172025100313
Núm. Ecli: ES:APB:2025:4556
Núm. Roj: SAP B 4556:2025
Encabezamiento
Paseo Lluís Companys, 14-16, 1a planta - Barcelona - C.P.: 08018
TEL.: 934866210
FAX: 934866302
EMAIL:aps17.barcelona@xij.gencat.cat
N.I.G.: 0827942120198144219
Materia: Juicio Ordinario
Entidad bancaria BANCO SANTANDER:
Para ingresos en caja. Concepto: 0967000012037923
Pagos por transferencia bancaria: IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274.
Beneficiario: Sección nº 17 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil
Concepto: 0967000012037923
Parte recurrente/Solicitante: DIRECCION000.
Procurador/a: Maria Nieto Villalpando
Abogado/a:
Parte recurrida: Ovidio
Procurador/a: Jordi Gomez Doural
Abogado/a:
Fernando Carlos de Valdivia González (Presidente) Maria Sanahuja Buenaventura
Jesus Arangüena Sande
Barcelona, 21 de mayo de 2025
Antecedentes
" Que debo
Se señaló fecha para la celebración de la deliberación, votación y fallo que ha tenido lugar el 21/05/2025.
Se designó ponente a la Magistrada Dª Maria Sanahuja Buenaventura.
Fundamentos
- Manifiesta su extrañeza por la desestimación de la demanda habiendo reconocido la demandada que adeuda la factura.
- La empresa actora no facturó ningún trabajo no realizado, siendo todos los trabajos facturados los objeto de encargo, no quedando pendiente de realización ninguno, con la salvedad de la fase repaso final de obra que no se pudo acometer por prohibición de acceso a la obra de la propiedad, pero respecto a esta cuestión de facturación correcta la Juzgadora no se pronuncia.
- El análisis de la prueba efectuado en Sentencia es insuficiente, y ello no sólo por la parquedad y errónea valoración que efectúa la Juzgadora, sino porque la Sentencia dictada omite pronunciarse sobre hechos controvertidos relevantes.
- El arquitecto especializado, Sr. Juan Pedro, en su Informe de fecha 26 de julio de 2021 analiza con detalle el Informe Pericial aportado por la parte demandada, y examina, punto por punto los defectos aludidos por el perito, Sr. Donato. Proporciona respuesta a todas y cada una de las anomalías planteadas por el otro profesional, y el resultado final es que algunos de ellos son defectos de carácter meramente estético, y otros, defectos de terminación o acabado, catalogándolos como defectos de falta de acabado final de obra que no se pudieron acometer por no tener DIRECCION000. acceso a la vivienda.
- No procede incidir en la mejor opción constructiva para la rehabilitación de la vivienda porque ello no fue lo contratado. Se encargaron unos trabajos de rehabilitación en unos términos concretos, y es en esos términos en los que debe centrarse el análisis pericial. Ese tipo de disertaciones genéricas sobre la buena técnica constructiva o el buen hacer no se ajustan al objeto de procedimiento, que es el impago de una factura emitida conforme los términos acordados. Es más, ¿qué hubiere acaecido si la constructora acomete la rehabilitación en los términos propuestos por el perito D. Donato, y emite la factura correspondiente? Pues la respuesta es obvia y evidente: no la habría pagado porque no se correspondía con los servicios contratados. El demandado contrató una rehabilitación ajustada y concreta de una vivienda de 100 años, no otra cosa, que parece ser lo que se desprende la pericial del Sr. Donato, que, intencionadamente, y debido a que los defectos realmente existentes en los trabajos ejecutados, son mínimos, acompaña fotos del Acta Notarial (Foto 8) que se corresponden con el NUM005, planta con relación a la que NADA se encargó a la actora.
- Los trabajos de rehabilitación exceden en mucho de los defectos que han resultado acreditados, pretendiendo con ello una mejora muy considerable en el inmueble por encima de lo contratado por los propietarios, lo cual no resulta ajustado a derecho. Las propuestas del perito Sr. Donato. no se ajustan a los trabajos contratados sino que lo exceden, y con la estimación de la demanda se produce un enriquecimiento injusto de la parte demandada.
Se ha venido insistiendo que, en el marco del carácter sinalagmático de las obligaciones opera como un derecho o facultad para rechazar el cumplimiento de una obligación que no se ajuste a una exacta ejecución de la prestación debida, con la consiguiente insatisfacción del acreedor, y supone una negativa provisional al pago que suspende o paraliza, a su vez, la ejecución de la prestación a su cargo mientras la otra parte no cumpla con exactitud, requiere que se trate del incumplimiento de una obligación básica, no bastando el cumplimiento defectuoso de la prestación, ni el mero incumplimiento de prestaciones accesorias o complementarias.
La sentencia recurrida aplica estos criterios, y al considerar acreditado que se han producido los incumplimientos detallados en la demanda reconvencional, y por el importe indicado en la pericial demandada, desestima la demanda al aplicar la
Y este será el análisis de la prueba que asimismo se realizará en esta resolución. Examinar si los trabajos facturados se han realizado del modo defectuoso que se afirma en la demanda reconvencional, y en su caso la valoración de los perjuicios.
- En la FACTURA Nº: NUM001 de FECHA 26-7-2018: 10.196,79 € IVA 10% 1.019,67 €, (cubierta 3909,81 cubierta terraza 2110,81 terraza 4026,17 Transportes vertedero 150).
- En la FACTURA Nº: NUM002 FECHA 9-12-2018:
PLANTA NUM003 Derrumbe de tabiquería según conversación, picado y limpieza de muros de piedra y madera mediante hidrolimpiadora con mortero de cemento gris o blanco según la piedra, con tratamiento anti fungicida Llenado de llagas y rascado 1991,2 € *No se retira tabiquería 1802,40
PICADO ESCALERA 315,20 €
NUM004 PLANTA Retirado de tabiquería según conversación. Replanteo y colocación de vigas metálicas para apertura de hueco en zona cocina y construcción de cámara a base de huecos y aislamiento térmico. Limpieza de muros de piedra vista con hidrolimpiadora, y llenado de llagas a piedra vista. Cambio de ventanas y balconeras. Vertido de autonivelante con máquina. Construcción de aseo con colocación de plato de ducha según distribución Colocación de parquet en toda superficie, previo manta aislamiento+ parquet+ zocalos+remates 9408.- € *Se cambia alicatado y construcción de cocina por replanteo y colocación de vigas metálicas para apertura de hueco
PRECIOS SIN PARQUET Y SIN AUTONIVELANTE 7634 € SE DESCUENTA ALICATADO COCINA AZULEJOS Y PAVIMENTO DICERCAS 262,80 €
NUM006 PLANTA Limpieza de muros a piedra vista. Replanteo y construcción de aseo tipo NUM004 planta Vertido de autonivelante en toda la superficie. Colocación de parquet en toda superficie, previo manta aislamiento+ parquet+ zocalos+remates. Cambio de ventanas y balconeras. Reparación de escaleras NUM006 planta colocando piedra de losa natural 6103 € Apertura de hueco para colocar ventana en zona cuarto de baño, colocando vigas de carga para sujeción de muros, construcción de esquinas y colocación de vierteaguas de piedra natural 1012 €
REPARACION DE MURO EXTERIOR TERRAZA CERRANDO ACCESO EXISTENTE ORIENTATIVO 1578 TRABAJOS DE REPARACION DE MURO TERRAZA 237,56
Tapiar puerta existente acceso terraza a dos caras 406
FALSA/ NUM007 Colocación de nervios de reparto con varilla de 10 mm en toda la superficie para reforzar forjado de madera y revoltón de ladrillo antiguo. Vertido de hormigón ligero ARLITA en toda la superficie + vertido de capa de mortero H-25 de acabado final 1977 €
Limpieza de muros de piedra zona escalera y zona alta, llenado de llagas con mortero, rascado y limpieza del entorno 1524 €
TOTAL 13.869,70 € IVA 10% 1.386,97 €
TOTAL FACTURA 15.256,67 € ANTICIPO -4.500 € TOTAL A INGRESAR 10.756,67 €
A continuación analizaremos los diferentes desperfectos enunciados en el informe realizado por el Arquitecto Técnico, Sr. Donato, y la opinión sobre los mismos expuesta en el informe realizado por el también Arquitecto Técnico Sr. Juan Pedro.
Informe Donato: La ejecución de esta partida no está correctamente ejecutada, ni en la planta NUM003 ni en la primera planta. El resultado ha sido que prácticamente no se ve la piedra, las juntas se han rellenado hasta la cara exterior de la piedra. Normalmente, en este tipo de trabajos se deja la piedra con una junta rehundida, de forma que se resalte la piedra. En caso contrario, se debe valorar si no interesa dejar la piedra vista, porque haya poca piedra y mucho mortero.
Informe Juan Pedro: Según se observa en las fotografías incluidas en dicho informe y en las realizadas en la visita, la piedra sobresale del plano de la pared, resaltando la piedra, estando las juntas rehundidas, ello se aprecia con facilidad tanto in situ como en las fotos incluidas en el Informe del Sr. Donato. El problema es que en los muros hay piedras de tamaños muy diferentes, grandes y pequeñas, de ahí que existan zonas en las que se vea más o menos el mortero. Se podría dejar más rehundida pero esto es tan solo un tema estético o de gusto personal. Este trabajo se realizó conforme al presupuesto firmado y se encuentra correctamente ejecutado.
A la vista de las fotografías aceptamos lo indicado por el Sr. Juan Pedro.
Informe Donato: La madera antigua que hay vista en la obra, a juzgar por las fotos del acta notarial no está tratada. En la visita, pude comprobar como las tablas de la cubierta, tenían astillas, y parecía tener Carcoma. En general, la limpieza de la carpintería con hidrolimpiadora, es deficiente, tal y como figura en el acta Notarial, o ni siquiera se ha hecho.
Informe Juan Pedro: Según se desprende de las fotografías aportadas en el informe del Sr. Donato, la madera ha sido limpiada y tratada, si bien es cierto, que se aprecia algún caso, muy puntual, en el que se observa alguna astilla o clavo. Es normal, que de la totalidad de las vigas que hay en la vivienda, alguna no se limpiase correctamente con lo que la solución pasaría por relimpiar las zonas que no hubieren quedado con un resultado óptimo. Esta actuación se realiza en el capítulo de repasos de obra, una vez concluida ésta, cosa que, en este caso en concreto, el constructor no pudo realizar ya que se le echó de la obra previamente a acometer los repasos. A todos los efectos y salvo algunas "zonas muy concretas y específicas", considero que las vigas se han limpiado correctamente conforme a lo presupuestado.
El Sr. Donato valora la Limpieza y saneamiento de vigas en planta semisótano, y aplicación de tratamiento fungicida para xilófagos en 1,568.00 €
Si consideramos que la partida entera (Derrumbe de tabiquería según conversación, picado y limpieza de muros de piedra y madera mediante hidrolimpiadora con mortero de cemento gris o blanco según la piedra, con tratamiento anti fungicida Llenado de llagas y rascado), fue presupuestada 1991,2 €, pero como no se retira tabiquería el importe era de 1802,40 €, se hace evidente que nunca se presupuestó un tratamiento con productos específicos más allá de limpieza de la madrea con gasoil, que es lo habitual. Como indica el Sr. Juan Pedro, en caso de buscar un tratamiento más escrupuloso se tenía que haber contratado a una empresa especializada, con un coste claramente superior al presupuestado.
En consecuencia, esta partida no puede ser estimada en la cantidad solicitada, estimando la valoración realizada por el Sr. Juan Pedro respecto al repaso de la limpieza en vigas de madera, en las zonas donde figuran astillas y clavos en
Informe Donato: El recibido de la carpintería es defectuoso, está sin terminar, no se han ejecutado las jambas de las ventanas, con lo que puede causar daños por filtraciones de agua. Por otro lado, los vierteaguas, no están bien rematados contra las jambas, este trabajo está sin terminar. Hay diferentes tipos de vierteaguas. Esto no es habitual, La colocación de los mismos es defectuosa, tiene fallos de remates, y de falta de delicadeza al colocarlos, ya que están colocadas las piezas en dos direcciones diferentes
Informe Juan Pedro: En las fotografías del informe del Sr. Donato, con respecto a las fotografías de la carpintería, resulta que las jambas de la ventana (Fotos 9 y 10, 11, 12 y 13) son de piedra vista, con lo que los vierteaguas no pueden atestar bien contra las jambas, al no ser una superficie uniforme. No obstante se encuentra bien rematada con mortero de cemento (de hecho con las lluvias habidas no se han producido entradas de agua ni humedades, en la vivienda, por este motivo), aunque convendría rematar mejor la junta entre el vierteaguas y la jamba. Estos trabajos se suelen hacer cuando se está finalizando la obra en el capítulo de repasos.
Ambos peritos valoran el terminar los revestimientos de la ventana colocada en el tejado, repasar sellado de la misma, repasar remates de resto ventanas, vierteaguas, etc., sellado de ventanas, en la cantidad de
Informe Donato: Respecto al muro de acceso de la escalera, en el acta notarial, aparece un muro de 1,00 m de alto aproximadamente, en su parte más alta, y recto en su parte superior. El día de la visita, este había desaparecido, según información del propietario, no se ajustaba a lo que, de forma verbal, habían indicado al contratista de las obras. Querían un muro que se ajustará a la forma de la escalera, que repitiera el peldañeado, y no una repisa recta. (Fotos 7 y 17) Deficiente colocación de pavimento en zona de pasillo de salida a la terraza. (Foto 18) Ha sido necesario reparar la terraza de planta NUM003, en la zona de los escalones por goteras. Para ello se ha levantado el peldaño y colocado una nueva impermeabilización, terminando con el pavimento colocado de nuevo, y sustituyendo las piezas rotas, según aparece en el acta notarial Mala colocación de pavimento en terraza. La junta del pavimento contra el vierteaguas no está bien hecha. (Fotos 19, y 20) Se había dejado el tubo de salida de humos de la cocina a la calle, cuando esto está prohibido por el ayuntamiento. Es obligatoria la subida de las chimeneas a cubierta, o a patios privados, siempre que no haya vecinos arriba. (Fotos 4 y 7)
Informe Juan Pedro: Respecto al muro de acceso de la escalera, tanto en el momento de la visita como en la fotografía 17 del informe del otro perito, éste no aparece. En cambio sí se observa en una fotografía del acta notarial. En las conversaciones con el Sr. Justiniano, me refiere que se realizó conforme a lo convenido con el Sr. Ovidio de forma verbal.
Respecto a la mala colocación del pavimento, hay que precisar que en un principio solo se cambiaba el pavimento del baño y del salón. Y una vez estuvo éste colocado, se decidió cambiar también el del pasillo. A la hora de colocar el del pasillo habría que determinar si dejar el desajuste de las piezas, o a la entrada del baño, o a la entrada a la casa desde la terraza o en mitad del pasillo. El constructor decidió dejar este desajuste en el pasillo. Yo personalmente, como técnico, posiblemente hubiera buscado otra opción, pero estos desajustes en las juntas, tan solo es debido a la elección en el criterio de colación y de coordinación al no tener las cosas claras desde el principio. No obstante es un problema estético y no constructivo.
Considera que, en el otro informe no justifica si la entrada de agua es por los escalones, ya que tan solo se incluye una fotografía donde se intuye una mancha de humedad pero no se ha realizado ni aportado ninguna prueba de estanqueidad o comprobación similar, que determine exactamente, por donde entra el agua. Tan sólo conjeturas y suposiciones. Tal y como se observa en la imagen (fotografía del informe del Sr. Donato) hay una mancha de humedad junto al muro, que se encuentra sin impermeabilizar y que está por debajo del nivel de la calle. El día de mi visita seguía habiendo manchas de humedad en este muro. Pero en los trabajos encargados a la empresa DIRECCION000. cuya ejecución vengo analizando, no se encontraba impermeabilizar dicho muro, por lo que ninguna deficiencia podría imputarse en dicho sentido. Por otro lado, referir que en el momento de mi visita se había revestido parte de este muro por la parte de la calle para evitar entradas de agua.
En el momento de la visita no existe esta salida de humos a la calle, pero sí que se puede comprobar su existencia mediante el reportaje fotográfico del acta notarial. Respecto a ello, como profesional técnico he de precisar que el constructor no tiene porqué conocer la normativa específica de la población. Lo correcto, y también lo habitual, es que la propiedad contrate un técnico competente. El Sr. Ovidio contrató los servicios de un constructor no de un técnico, con lo que empresa de construcción, se limitó a ejecutar lo pactado.
Por lo indicado en ambos informes no se contrató por la propiedad un técnico que dirigiera las obras, por lo que no existía una mínima planificación previa, más allá de lo que las partes iban hablando, pero no recogiendo en documento alguno, por lo que no puede estimarse el importe por la demolición del murete lateral en tramo de escalera de planta NUM003. Por otra parte al constructor no le es exigible el conocimiento de la normativa urbanística, por lo que tampoco se le puede reclamar el cambio de la salida de humos de la cocina ajustándola a la normativa municipal.
Sí se estima el levantado de pavimento en suelo de planta NUM003, en encuentro de pasillo, replanteo de nuevo, ajustando las piezas al despiece correcto, colocación de nuevo rodapié, y remates, porque no está bien ejecutado, por importe de
Informe Donato: La ventana del baño no está bien colocada, la hoja, casi roza al dintel de madera, esta descentrada del hueco. Esto es un fallo de delicadeza al ejecutar el trabajo, se puede abrir, pero no es propio de un buen profesional, salvo justificación técnica. (Foto 21) La colocación del chapado del baño es deficiente, desde el punto de vista estético, ya que se ha colocado con piezas de azulejo en los dos extremos, cuando lo normal, y fácil, es arrancar con pieza entera en un extremo y dejar las piezas en el otro. De esta forma se provecha más el material y queda mejor el trabajo.
Informe Juan Pedro: Según se desprende de la visita y las fotos del otro informe, la ventana está colocada correctamente y se puede abrir sin ningún tipo de problema. Es cierto que "casi" toca con el dintel, pero no es así, por lo que, se puede abrir y aprovechamos al máximo el hueco. Respecto a que "no se encuentra centrada", este técnico no entiende a qué se refiere el citado Informe del Sr. Donato, ya que, según se aprecia en la fotografía nº21 del mismo, la ventana se ve bien ejecutada de una forma armoniosa, con las jambas de ladrillo visto y el dintel de madera creando un aspecto rustico en consonancia con el resto de la vivienda. En cuanto al chapado del baño, estoy de acuerdo con el otro técnico que es un tema estético y de criterio. Cada profesional tenemos el nuestro. Se tendría que haber consensuado entre propietario y el constructor.
No se aprecia defecto en la ventana. Y respecto a la colocación estética del azulejo ambos peritos valoran la colocación de Azulejo en el cuarto de baño, y retirada en
Informe Donato: A la deficiencia en las maderas comentadas al principio, hay que añadir la deficiente colocación del aislante. Como se ve en la foto, al verter el hormigón, ha roto, o desplazado el aislamiento, interrumpiendo su continuidad, y produciendo un puente térmico. (Foto 23) Se han colocado unas piedras en el canto de la cubierta, a modo de sujeción de tejas para evitar que el aire se las levante. A juzgar por el tamaño que se observa desde abajo o desde la ventana, estas no parecen lo suficientemente grandes para cumplir esta misión. Si el aire tuviera fuerza para levantar la teja, probablemente caería teja y piedra a la terraza. Si se colocan deberían ser lo suficientemente pesadas para que el aire no las levante. (Foto 25) Se ha colocado una única ventana entre los huecos de las vigas de cubierta, no 2 como pone en presupuesto, y los remates de mortero contra la carpintería, son deficientes. (Foto 24) La ventana colocada para acceso a la cubierta se ha puesto de forma que no permite la salida, ya que choca con la chimenea exterior, realizada en las obras.
Informe Juan Pedro: Respecto a la reparación de la cubierta, tal y como se aprecia en la fotografía de informe del otro perito, la capa de aislante sobrepasa por la junta de la madera. Esto es debido a que a la hora de la reparación de la cubierta se levantaron las tejas para su posterior de aprovechamiento, pero se dejaron las vigas y el entablado de madera (tal y como acordaron el Sr. Justiniano y el Sr. Ovidio). Sobre este entablado se colocó el aislamiento, la capa de compresión y las tejas. Por consiguiente sí que es cierto que en algún punto se visualiza el aislamiento, pero no es debido a un fallo, si no al haber aprovechado el entablado existente, que no estaba del todo uniforme, es normal que en esta zona se vea el aislamiento. Además, esto no significa que exista un puente térmico, ya que por encima del entablado el aislamiento se encuentra solapado.
Las tejas están tomadas con espuma de poliuretano y se han colocado unas piedras a modo de sujeción. Por una parte, según me comenta el constructor, se pusieron las mismas piedras que estaban antes de la reforma, y se tiene constancia de que cumplen con su función, y por otra parte, decir que llevan un año puestas y no se tiene constancia de que se haya desprendido ninguna teja.
Se han colocado las ventanas que suministró el propietario (tal y como se acordó en el presupuesto). La ventana se encuentra bien instalada aprovechado el entrevigado. Respecto a los remates de mortero han buscado por estética darle un aspecto más rústico, acorde con el resto de la vivienda y con el muro de piedra vista, no haciendo el enfoscado liso.
En lo referente a que la ventana toca con la chimenea, como se ha indicado anteriormente, se colocó la ventana que suministró en propietario. Éste se equivocó en el sentido de apertura y según nos dice el constructor, se le dijo al Sr. Ovidio, respondiendo que "total, de todas formas se puede salir perfectamente a la cubierta y no es un sitio al que se salga todos los días, tan solo en ocasiones de mantenimiento", con lo que se acordó no cambiarla.
Se aceptan las explicaciones del Sr. Juan Pedro, por lo que se estima la partida de repasado de jambas en el exterior de huecos por importe de
Informe Donato: Se observa manchas de cercos de agua en el suelo, bajo una mesa de madera utilizada para la matanza, antigua, y que está totalmente humedecida. La madera está saturada de agua. (foto 28,29,30,31) Desde la cara inferior, no se ha podido determinar el punto exacto de goteo, aunque sí la zona ya que las vigas de madera, también estaban algo húmedas. Esta vigueta de madera, húmeda, presenta un sonido hueco al golpeo, por lo que se estima que puede estar dañada, podrida, o atacada por la carcoma. (foto-32) Visitada la cubierta por encima, se observan algunas deficiencias, que podrían ser la causa de las filtraciones. Hay que tener en cuenta que el agua puede entrar por un sitio y salir por otro. Se ha visto alguna teja rota (foto 33-34), y un remate que podría dar problemas, ya que aparentemente está mal resuelto (foto 35-36). Se han observado unas deficiencias en la caseta de salida a la cubierta, pero probablemente no sean estas las causantes de las goteras (fotos 37-38). Finalmente, se ha detectado alguna teja con falta de solape entre la cobija y el rio. Este fallo en el tejado, podría favorecer que ante una caída fuerte de agua, o granizo, se llenaran los ríos de la cubierta, y producirse las filtraciones.
Informe Juan Pedro: En el momento de la visita no se apreció ninguna mancha de humedad (tan solo una mesa con signos de unas humedades anteriores). No obstante como figura en el informe del Sr. Donato, es posible que exista. A la vista de la cubierta es improbable que filtre por la cubierta propiamente dicha, ya que presenta una pendiente adecuada y la teja se encuentra bien colocada, pero pudiere existir alguna pequeña filtración en algún elemento de la cubierta, como entre la unión de la chimenea con ésta y que el agua fluya entre la tela asfáltica y el entablado o capa de compresión, (ya que como afirma el otro técnico en su Informe, el agua entra por un lado y sale por otro). Pero en ningún caso la solución pasaría por el levantado de la misma y la vuelta a hacer, ya que a la vista se observa que está bien ejecutada. Se trataría de alguna actuación puntual y de poca entidad.
Es posible que la viga esté atacada por la carcoma. En el presupuesto figura la limpieza y la aplicación del flumigida. Las vigas se encuentran limpias y tratadas por la empresa del Sr. Justiniano, sin signos visibles de la existencia de la carcoma. Pero si previamente han sido atacadas, estas vigas podrían estar huecas, por lo que, en su día, se hubiera tenido que valorar su sustitución. Planteada la cuestión en ningún caso se trata de una mala ejecución a la hora de tratarla contra la carcoma.
Es cierto que hay una única teja que no solapa y una rota, pero tal y como trabaja una cubierta de teja esto no implica que no cumpla su función. Pero dado la fuerte pendiente que tiene la cubierta sería prácticamente imposible que se llenaran los ríos de agua y que entrara el agua a la vivienda por este motivo.
Con respecto a la humedad de la escalera no se ha podido determinar si la entrada de agua era por éstas o por el muro, ya que como se ha descrito anteriormente, en mi visita también se apreciaban manchas de agua en el muro lateral, que por una parte se encuentra por debajo del nivel de la calle y por otra se encuentra sin impermeabilizar.
El Sr. Donato considera que la partida de la terraza transitable, no es aceptable ya que se ha entregado con goteras, no sabe de donde provienen esos restos de agua, y considera que la terraza debe hacerse de nuevo, valorando la partida en 4,026.17 €, prácticamente idéntico valor a lo presupuestado como:
Para rehacer completamente el trabajo ejecutado sería preciso saber cuál es el origen de los restos de agua hallados en la mesa, por lo que la partida se desestima.
También propone el Sr. Donato rehacer completamente la Cubierta de teja, por estar mal ejecutada, con aislante mal colocado y madera sin tratar, y lo valora en 10,871.25 €.
Nos remitimos a lo indicado respecto a unas vigas de madera que quizá debió preverse su sustitución, o tratarlas con procesos específicos por empresa especializada. Pero al constructor no se le encargó nada de ello.
El presupuesto contempla:
Se pretende que el constructor abone el precio de una cubierta con mejores características que las que fueron encargadas, por el doble del valor presupuestado. En consecuencia también se desestima esta partida.
Se estima la partida de repasos en cubierta consistentes en el picado de la fisura del casetón de cubierta, colocación de malla para evitar retracciones y posterior enfoscado con mortero de cemento, incluso sellado del encuentro entre la teja y este, eliminación de restos y limpieza, por importe de
En consecuencia, se estiman las partidas deficientemente ejecutadas en la cantidad total de 1.632,40 €, más 342,80 de IVA, lo que hace un total de 1.975,20 €.
Por tanto, se estima en parte la demanda principal y también en parte la demanda reconvencional, sin imposición de las costas de la primera instancia, debiendo el Sr. Ovidio abonar a DIRECCION000. la cantidad de 8.781,47 € (10.756,67 € reclamados menos 1.975,20 €.), más el interés legal desde la presentación de la demanda.
Fallo
ESTIMAMOS EN PARTE el recurso planteado por la representación de DIRECCION000., REVOCAMOS la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Terrassa, el 30 de mayo de 2022, y estimamos en parte la demanda principal y también en parte la demanda reconvencional, sin imposición de las costas de la primera instancia, condenando al Sr. Ovidio a abonar a DIRECCION000. la cantidad de 8.781,47 €, más el interés legal desde la presentación de la demanda. No se imponen las costas del recurso.
Corresponde reintegrar a la parte recurrente el depósito constituido, devolver las actuaciones al órgano judicial de instancia y archivar el presente procedimiento.
También puede interponerse recurso de casación en relación con el Derecho Civil Catalán en los supuestos del art. 3 de la Llei 4/2012, del 5 de març, del recurs de cassació en matèria de dret civil a Catalunya.
El recurso se interpone mediante un escrito que se debe presentar en este Órgano judicial dentro del plazo de
Lo acordamos y firmamos.
Los Magistrados :
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