Última revisión
10/01/2006
Sentencia Civil Nº 1/2006, Audiencia Provincial de Valencia, Sección 7, Rec 684/2005 de 10 de Enero de 2006
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Orden: Civil
Fecha: 10 de Enero de 2006
Tribunal: AP - Valencia
Ponente: CERDAN VILLALBA, MARIA PILAR EUGENIA
Nº de sentencia: 1/2006
Núm. Cendoj: 46250370072006100008
Encabezamiento
2
Rollo 684/05
Rollo nº: 000684/2005.
Sección 7ª.
S E N T E N C I A Nº: 1
SECCION SEPTIMA:
Ilustrísimos Señores Magistrados:
Presidente
D. JOSÉ ANTONIO LAHOZ RODRIGO
Magistrados/as
Dª. PILAR CERDÁN VILLALBA
ASUNCIÓN MOLLÁ NEBOT
En la Ciudad de Valencia a diez de enero de dos mil seis.
Vistos ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial, el incidente de impugnación de tasación de costas por el concepto de indebidos, siendo parte impugnante Cofurtrans S.L., representado por el/la Procurador/a Don/Doña AMPARO ROYO BLASCO y parte impugnada MENSAJEROS DE LEVANTE S.L. representada por el/la Procurador/a Don/Doña ELISA PORTILLO ROYO y asistida del Letrado Don JUAN JOSE BENAVENT ROIG.
Es Ponente D/Dª. PILAR CERDÁN VILLALBA.
Antecedentes
PRIMERO. El rollo de referencia se incoó en virtud del recurso de apelación interpuesto por Cofurtrans S.L. contra la Sentencia de fecha 14/2/05 dictada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 3 DE VALENCIA en autos de Juicio Ordinario nº 773/04 .
SEGUNDO. En fecha 26/10/05 se dictó Sentencia por ésta Sala, resolviendo el recurso, destacando de sus pronunciamientos que se imponían al apelante Cofurtrans S.L. las costas causadas en segunda instancia al desestimarse su recurso.
TERCERO. En fecha 4/11/05 se interesó se practicara la oportuna tasación de costas por la parte favorecida, presentando la minuta del Letrado y derechos del procurador, practicándose por el Sr. Secretario en fecha 23/11/05, y dando traslado a las partes por plazo común de 10 días, fue impugnada por indebidos los derechos de Procurador.
CUARTO. Por providencia de 13/12/05 se acordó tramitar la impugnación, convocando a las partes a la celebración de vista, señalando al efecto el día 9 de enero de 2.006 las 11'15 horas de su mañana. En dicha fecha se ha celebrado la vista señalada, no compareciendo la impugnante y ratificándose el Letrado impugnado en su escrito.
QUINTO. En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales en materia de procedimiento.
Fundamentos
UNICO.- Conformándose la parte impugnada con la exclusión de la partida de los Derechos del Procurador relativa a la solicitud de tasación e costas en la Vista en la que actuó, según el art. 442.1 de la L.E.C . y no compareciendo a ésta la parte impugnante, se está en el caso de estimar tal impugnación y declarar indebida aquella partida por 22'29 € más el I.V.A., lo que totaliza 25'56 €, sin hacer expresa imposición de costas de este incidente por aquella conformidad.
Vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente y general aplicación.
Fallo
Con estimación de la impugnación formulada por Cofurtrans S.L., se declara indebida la partida de 22'29 € más I.V.A., que incluye la Tasación de Costas practicada, la cual se reduce y se aprueba por la suma total de 882'32 €, sin hacer expresa imposición de costas de este incidente.
Así, por esta nuestra Sentencia, de la que se llevará testimonio al Rollo de su razón, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- Doy fé: Que la anterior Sentencia ha sido leída y publicada por el Iltmo. Sr. Magistrado Ponente, estando celebrando audiencia pública la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Valencia, en el día de la fecha. Valencia a diez de enero de dos mil seis.
