Sentencia Civil Nº 10/2010, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec 5...9 de Febrero de 2010
Sentencia Civil Nº 10/201...ro de 2010

Sentencia Civil Nº 10/2010, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec 501/2006 de 09 de Febrero de 2010

Tiempo de lectura: 0 min

Orden: Civil

Fecha: 09 de Febrero de 2010

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: ROCA TRIAS, ENCARNACION

Nº de sentencia: 10/2010

Nº de recurso: 501/2006

Núm. Cendoj: 28079110012010100034

Resumen
Separación cónyuges. Pensión compensatoria: si habiéndose reconocido alimentos en la separación, la pensión compensatoria en el posterior divorcio los sustituye automáticamente. Renuncia a demandar la pensión en el procedimiento de separación para reclamarla en el procedimiento posterior de divorcio. El desequilibrio que genera el derecho a la pensión compensatoria debe existir en el momento de la ruptura matrimonial, aunque se acuerde el pago de alimentos a uno de los cónyuges, sin que el momento del divorcio permita examinar de nuevo la concurrencia o no del desequilibrio y sin que la extinción del derecho de alimentos genere por si mismo el derecho a obtener la pensión compensatoria.

Tiempo de lectura: 0 min


Voces

Pensión compensatoria

Pensión por alimentos

Divorcio

Disolución del matrimonio

Extinción pensión alimentos

Derecho de alimentos

Desequilibrio económico

Demanda de divorcio

Reconvención

Procesos matrimoniales

Separación judicial del matrimonio

Crisis del matrimonio

Contrato de alimentos

Derecho pensión compensatoria

Pago de alimentos

Representación procesal