Sentencia Civil Nº 118/20...zo de 2011

Última revisión
10/01/2013

Sentencia Civil Nº 118/2011, Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 13, Rec 190/2008 de 16 de Marzo de 2011

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Orden: Civil

Fecha: 16 de Marzo de 2011

Tribunal: AP - Barcelona

Ponente: CARRIEDO MOMPIN, ISABEL

Nº de sentencia: 118/2011

Núm. Cendoj: 08019370132011100054


Encabezamiento

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCION DECIMOTERCERA

ROLLO Nº 190/2008-4ª

S E N T E N C I A N ú m. 118/2011

Ilmos. Sres.:

D. Joan Cremades Morant

Dª. Isabel Carriedo Mompin

Dª. M. Àngels Gomis Masqué

D. Fernando Utrillas Carbonell

En la ciudad de Barcelona, a dieciséis de marzo de dos mil once.

VISTO, por la Sección Décimotercera de esta Audiencia Provincial, el incidente de impugnación de tasación de costas formulado por el apelante FERI 3000, S.L. frente a las tasaciones de costas de fecha 10 de mayo de 2010 a instancias de los procuradores IVO RANERA CAHIS y SILVIA GARCIA VIGNE, practicadas por el Sr. Secretario de esta Sala en el rollo de apelación nº 190/2008-4ª, dimanante de los autos de Procedimiento ordinario nº 918/2006 seguidos ante el Juzgado Primera Instancia 4 Hospitalet de Llobregat (ant.CI-8), a instancia de FERI 3000, S.L., contra Camila , Guadalupe , Felipe , Rosana , Ángela , Eugenia , Marcos y Paloma .

Antecedentes

PRIMERO.- Por el Sr. Secretario de esta Sala se procedió a practicar las tasaciones de costas promovidas por los procuradores IVO RANERA CAHIS y SILVIA GARCIA VIGNE, dándose traslado a las partes y siendo impugnadas por el Procurador ILDEFONSO LAGO PEREZ, en nombre y representación del apelante FERI 3000, S.L., parte condenada a su pago; por excesivos e indebidos de la minuta de la letrada Lucia Perejuan Sánchez contenida en la tasación de costas practicada a instancia de la procuradora SILVIA GARCIA VIGNE, y por indebidos de procurador en la tasación de costas practicada a isntancia del procurador IVO RANERA CAHIS; y siguiéndose los trámites legales, tuvo lugar la votación y fallo el día 1 de marzo de 2011.

SEGUNDO.- En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. Isabel Carriedo Mompin.

Fundamentos

PRIMERO .- Por el Procurador de la entidad mercantil FERRI 3000 S.L. se presentó escrito con fecha de 7 de junio de 2010 formulando impugnación contra las tasaciones de costas practicadas en el presente rollo con fecha de 10 de mayo de 2010, por considerar indebidos y excesivos las partidas de honorarios de la Letrada Dña. Lucía Perejuán Sánchez por importe de 1.027,92 euros, y por indebidos los derechos del Procurador Don Ivo Ranera Cahis por importe de 633,23 euros.

Evacuado traslado de la impugnación a la parte minutante Dña. Lucía Perejuán Sánchez, ésta acepó reducir su minuta al total de 600 € más IVA.

Evacuado traslado de la impugnación al Procurador Sr. Ranera éste dejó transcurrir el plazo conferido sin realizar alegación alguna.

SEGUNDO .- De lo expuesto se infiere que aceptada por la Letrada Sra. Perejuán reducir su minuta a la suma de 600 € más IVA, procede fijar en dicha suma los honorarios de dicha Letrada, sin mención especial sobre costas al no haber habido controversia alguna (artículo 246 1 a 3 LEC 2000 ).

TERCERO .- Asimismo incluidos en la tasación de costas los derechos del Procurador Sr. Ranera correspondientes a la interposición de la apelación, la oposición al mismo o impugnación de la resolución y su posterior traslado ante el Juzgado de Primera Instancia por importe de 314,16 €, la impugnación debe prosperar por cuanto dicho Procurador no actuó en la referida instancia, procediendo, por tanto, rebajar las partidas 1 y 49 de la tasación en la antedicha suma de 314,16 €, quedando fijados los derechos de tal Procurador en la suma de 268,81 €, con expresa condena en costas a la parte impugnada.

Fallo

Se fijan en 600 € más IVA los honorarios de la Letrada Dña. Lucía Perejuán Sánchez, sin mención especial sobre costas.

Se estima la impugnación de la tasación de costas por indebidos formulada por la representación de FERRI 3000 S.L. contra la tasación de costas practicada y, en consecuencia, declarar indebidos los derechos del Procurador Don Ivo Ranera Cahis en la suma de 314,16 €, quedando fijados los derechos de tal Procurador en la suma de 268,81 €, con expresa condena en costas a la parte impugnada.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al rollo, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACION.- Dada leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente, que en la misma se expresa, doy fe.

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