Sentencia Civil Nº 137/2005, Audiencia Provincial de Madrid, Sección 14, Rec 80/...3 de Febrero de 2005
Sentencia Civil Nº 137/20...ro de 2005

Última revisión
23/02/2005

Sentencia Civil Nº 137/2005, Audiencia Provincial de Madrid, Sección 14, Rec 80/2004 de 23 de Febrero de 2005

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Orden: Civil

Fecha: 23 de Febrero de 2005

Tribunal: AP - Madrid

Ponente: QUECEDO ARACIL, PABLO

Nº de sentencia: 137/2005

Nº de recurso: 80/2004

Núm. Cendoj: 28079370142005100035

Núm. Ecli: ES:APM:2005:1843

Núm. Roj: SAP M 1843/2005

Resumen
Estima la Sala el recurso de la recurrente, que insiste en la existencia de un crédito declarado por sentencia firme que no ha podido hacerse efectivo contra la sociedad deudora, y en la incuria de los administradores que no han presentado cuentas anuales desde 1992, que mantienen a la sociedad paralizada y sin actividad alguna ni trabajadores, lo que hace imposible alcanzar el fin social, y sin que hayan convocado junta para tomar las decisiones oportunas en torno a la disolución, ampliación de capital, o presentación en concurso de acreedores. Así, hay un crédito declarado por sentencia firme, del que se ha instado sin éxito la ejecución sobre los bienes sociales, y un comportamiento de los administradores objetivamente inconveniente.La sociedad desapareció de su domicilio como puede verse en el fracaso de la diligencia de embargo. Los órganos de administración no se han renovado, la sociedad esta inactiva, tan inactiva que desde la renuncia del último apoderado general no hay una sola inscripción en el Registro Mercantil, ni se han presentado las cuentas anuales, lo que ha motivado el cierre de oficio la hoja registral. Esta última infracción es especialmente grave, pues es cierto que la falta de presentación de cuentas sólo está sancionada administrativamente en el Art. 221 LSA, pero esa no es la única consecuencia. La falta de presentación de cuentas es indicio gravísimo de fraude, porque sitúa a la sociedad en el ámbito de la opacidad financiera frente a terceros, haciendo sospechar vivamente que estamos ante la mas absoluta de las confusiones patrimoniales; la presentación de cuentas es una consecuencia de las obligaciones contables del empresario, que deben expresar bien y fielmente el estado patrimonial de la empresa.

Voces

Registro Mercantil

Quiebra

Administrador social

Prescripción de la acción

Cese del administrador

Sentencia firme

Cuentas anuales

Caducidad

Concurso de acreedores

Fondo del asunto

Buena fe del tercero

Órganos de administración

Plazo de prescripción

Administrador de hecho

Sociedad matriz

Administrador único

Responsabilidad del administrador

Publicidad registral

Boletín Oficial del Registro Mercantil

Sociedades mercantiles

Declaración de concurso

Incapacidad

Sociedad filial

Diligencia de embargo

Inscripción registral

Objeto social

Concurso culpable