Sentencia Civil Nº 189/20...re de 2009

Última revisión
18/11/2009

Sentencia Civil Nº 189/2009, Audiencia Provincial de Caceres, Rec 599/2009 de 18 de Noviembre de 2009

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Orden: Civil

Fecha: 18 de Noviembre de 2009

Tribunal: AP - Caceres

Ponente: BOTE SAAVEDRA, JUAN FRANCISCO

Nº de sentencia: 189/2009

Resumen:
MATERIAS NO ESPECIFICADAS

Encabezamiento

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

CACERES

AUTO: 00189/2009

Domicilio : AVD. DE LA HISPANIDAD S/N

Telf : 927620308/927620309

Fax : 927620315

Modelo : AUR00

N.I.G.: 10037 37 1 2009 0100272

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000599 /2009

Juzgado procedencia : JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.6 de CACERES

Procedimiento de origen : EXPEDIENTE DE DOMINIO. INMATRICULACION 0000506 /2008

RECURRENTE : Flor

Procurador/a : JUAN ANTONIO HERNANDEZ LAVADO

Letrado/a : JUAN FRANCISCO LLANOS HERNANDEZ

RECURRIDO/A : MINISTERIO FISCAL

Procurador/a :

Letrado/a :

A U T O NÚM.- 189/2009

Ilmos. Sres. =

PRESIDENTE: =

DON JUAN FRANCISCO BOTE SAAVEDRA =

MAGISTRADOS: =

DON SALVADOR CASTAÑEDA BOCANEGRA =

DON ANTONIO MARÍA GONZÁLEZ FLORIANO =

-------------------------------------------------------------------

Rollo de Apelación núm.-599/2009 =

Autos núm.- 506/2008 =

Juzgado de 1ª Instancia núm.- 6 de Cáceres =

============================================

En la Ciudad de Cáceres a dieciocho de Noviembre de dos mil nueve.-

Habiendo visto ante esta Audiencia Provincial de Cáceres el Rollo de apelación al principio referenciado, dimanante de los autos de Expediente de Dominio núm.- 506/2008, del Juzgado de 1ª Instancia núm.- 6 de Cáceres, siendo parte apelante, la demandante DOÑA Flor , estando representada en la instancia y en la presente alzada por el Procurador de los Tribunales Sr. Hernández Lavado, y defendida por el Letrado Sr. Llanos Hernández. Siendo parte el Ministerio Fiscal.

Antecedentes

PRIMERO.- Por el Juzgado de 1ª Instancia núm.- 6 de Cáceres, en los Autos núm.- 506/2008, con fecha 7 de Julio de 2009 , se dictó Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"No ha lugar a declarar justificado el dominio de Dª Flor , sobre la finca descrita en el hecho primero de esta resolución, declarando así mismo que las costas de la oposición..."

SEGUNDO.- Frente a la anterior resolución y por la parte demandante se solicitó la preparación del recurso de apelación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 457.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil .

TERCERO.- Admitido que fue la preparación del recurso por el Juzgado, se emplazó a la parte recurrente, conforme a lo dispuesto en los arts. 457.3 de la L.E.C . por veinte días para la interposición del recurso de apelación, conforme a las normas del art. 458 y ss. de la citada ley procesal.

CUARTO.- Formalizado en tiempo y forma el recurso de apelación por la representación de la parte demandante, se tuvo por interpuesto, el Ministerio Fiscal interesó la confirmación del Auto recurrido, remitiéndose los autos originales a esta Audiencia Provincial previo emplazamiento de las partes por término de 30 días de conformidad con lo establecido en el art. 463.1 de la L.E.C., reformado por Ley 22/2003 de 9 de julio, Concursal .

QUINTO.- Recibidos los autos en esta Sección 1ª de la Audiencia Provincial, se procedió a incoar el correspondiente Rollo de Sala, turnándose de ponencia; habiéndose evacuado el trámite de emplazamiento conferido a las partes, no habiéndose propuesto prueba, ni considerando este Tribunal necesaria la celebración de vista, se señaló para la DELIBERACIÓN Y FALLO el día 17 de Noviembre de 2009, quedando los autos para dictar sentencia en el plazo que determina el art. 465 de la L.E.C.

SEXTO - En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

Vistos y siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente DON JUAN FRANCISCO BOTE SAAVEDRA.

Fundamentos

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

CACERES

AUTO: 00189/2009

Domicilio : AVD. DE LA HISPANIDAD S/N

Telf : 927620308/927620309

Fax : 927620315

Modelo : AUR00

N.I.G.: 10037 37 1 2009 0100272

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000599 /2009

Juzgado procedencia : JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.6 de CACERES

Procedimiento de origen : EXPEDIENTE DE DOMINIO. INMATRICULACION 0000506 /2008

RECURRENTE : Flor

Procurador/a : JUAN ANTONIO HERNANDEZ LAVADO

Letrado/a : JUAN FRANCISCO LLANOS HERNANDEZ

RECURRIDO/A : MINISTERIO FISCAL

Procurador/a :

Letrado/a :

A U T O NÚM.- 189/2009

Ilmos. Sres. =

PRESIDENTE: =

DON JUAN FRANCISCO BOTE SAAVEDRA =

MAGISTRADOS: =

DON SALVADOR CASTAÑEDA BOCANEGRA =

DON ANTONIO MARÍA GONZÁLEZ FLORIANO =

-------------------------------------------------------------------

Rollo de Apelación núm.-599/2009 =

Autos núm.- 506/2008 =

Juzgado de 1ª Instancia núm.- 6 de Cáceres =

============================================

En la Ciudad de Cáceres a dieciocho de Noviembre de dos mil nueve.-

Habiendo visto ante esta Audiencia Provincial de Cáceres el Rollo de apelación al principio referenciado, dimanante de los autos de Expediente de Dominio núm.- 506/2008, del Juzgado de 1ª Instancia núm.- 6 de Cáceres, siendo parte apelante, la demandante DOÑA Flor , estando representada en la instancia y en la presente alzada por el Procurador de los Tribunales Sr. Hernández Lavado, y defendida por el Letrado Sr. Llanos Hernández. Siendo parte el Ministerio Fiscal.

PRIMERO.- Por el Juzgado de 1ª Instancia núm.- 6 de Cáceres, en los Autos núm.- 506/2008, con fecha 7 de Julio de 2009 , se dictó Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"No ha lugar a declarar justificado el dominio de Dª Flor , sobre la finca descrita en el hecho primero de esta resolución, declarando así mismo que las costas de la oposición..."

SEGUNDO.- Frente a la anterior resolución y por la parte demandante se solicitó la preparación del recurso de apelación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 457.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil .

TERCERO.- Admitido que fue la preparación del recurso por el Juzgado, se emplazó a la parte recurrente, conforme a lo dispuesto en los arts. 457.3 de la L.E.C . por veinte días para la interposición del recurso de apelación, conforme a las normas del art. 458 y ss. de la citada ley procesal.

CUARTO.- Formalizado en tiempo y forma el recurso de apelación por la representación de la parte demandante, se tuvo por interpuesto, el Ministerio Fiscal interesó la confirmación del Auto recurrido, remitiéndose los autos originales a esta Audiencia Provincial previo emplazamiento de las partes por término de 30 días de conformidad con lo establecido en el art. 463.1 de la L.E.C., reformado por Ley 22/2003 de 9 de julio, Concursal .

QUINTO.- Recibidos los autos en esta Sección 1ª de la Audiencia Provincial, se procedió a incoar el correspondiente Rollo de Sala, turnándose de ponencia; habiéndose evacuado el trámite de emplazamiento conferido a las partes, no habiéndose propuesto prueba, ni considerando este Tribunal necesaria la celebración de vista, se señaló para la DELIBERACIÓN Y FALLO el día 17 de Noviembre de 2009, quedando los autos para dictar sentencia en el plazo que determina el art. 465 de la L.E.C.

SEXTO - En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

Vistos y siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente DON JUAN FRANCISCO BOTE SAAVEDRA.

SE DESESTIMA el Recurso de Apelación interpuesto por el Procurador Don Juan Antonio Hernández Lavado en nombre y representación de Doña Flor , contra el Auto de fecha 7 de Julio de 2009, dictado en este procedimiento por el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de esta Ciudad, CONFIRMANDOSE íntegramente expresada Resolución, con imposición de las costas a la parte apelante.

Notifíquese la presente Resolución a las partes, con expresión de la obligación de constitución del depósito establecido en la Disposición Adicional Decimoquinta añadida por la Ley Orgánica 1/2009 , en los casos y en la cuantía que la misma establece.

En su momento, devuélvanse las actuaciones al Juzgado de procedencia, con testimonio de la presente Resolución para ejecución y cumplimiento, interesando acuse de recibo a efectos de archivo del Rollo de Sala.

Así lo Acuerda y firma la Sala. Certifico.

E./

DILIGENCIA.- Seguidamente se dedujo testimonio para el Rollo de Sala. Certifico.

Fallo

SE DESESTIMA el Recurso de Apelación interpuesto por el Procurador Don Juan Antonio Hernández Lavado en nombre y representación de Doña Flor , contra el Auto de fecha 7 de Julio de 2009, dictado en este procedimiento por el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de esta Ciudad, CONFIRMANDOSE íntegramente expresada Resolución, con imposición de las costas a la parte apelante.

Notifíquese la presente Resolución a las partes, con expresión de la obligación de constitución del depósito establecido en la Disposición Adicional Decimoquinta añadida por la Ley Orgánica 1/2009 , en los casos y en la cuantía que la misma establece.

En su momento, devuélvanse las actuaciones al Juzgado de procedencia, con testimonio de la presente Resolución para ejecución y cumplimiento, interesando acuse de recibo a efectos de archivo del Rollo de Sala.

Así lo Acuerda y firma la Sala. Certifico.

E./

DILIGENCIA.- Seguidamente se dedujo testimonio para el Rollo de Sala. Certifico.

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