Sentencia CIVIL Nº 194/2021, Audiencia Provincial de Vizcaya, Sección 3, Rec 321... 07 de Junio de 2021
Sentencia CIVIL Nº 194/20...io de 2021

Última revisión
08/11/2021

Sentencia CIVIL Nº 194/2021, Audiencia Provincial de Vizcaya, Sección 3, Rec 321/2020 de 07 de Junio de 2021

Tiempo de lectura: 0 min

Tiempo de lectura: 0 min

Orden: Civil

Fecha: 07 de Junio de 2021

Tribunal: AP - Vizcaya

Ponente: GUTIERREZ GEGUNDEZ, ANA ISABEL

Nº de sentencia: 194/2021

Nº de recurso: 321/2020

Núm. Cendoj: 48020370032021100166

Núm. Ecli: ES:APBI:2021:2016

Núm. Roj: SAP BI 2016:2021

Resumen
PRIMERO.- Incidía la parte apelante representación del Sr. Hugo a lo largo de su recurso de apelación, sucintamente expuesto, en los siguientes motivos: 1) existencia de la vulneración al derecho al honor y a la intimidad personal, explicando que de contrario se realiza un juego de fechas entre lo pretendidamente consentido por los progenitores y/o no consentido por esta parte, para el uso y divulgación que de las figuras de sus hijos se ha realizado por la entidad demandada, y señalando que no se ajusta a la realidad, por otro lado igualmente incidía en el carácter publicitario del Anuario, así llamado por parte de la entidad demandada. 2) Analizaba la prueba testifical en la persona de la Sra. Camila, precisando que en ningún momento se pudo probar autorización a la entidad demandada de su parte para grabar debido a las imágenes que son objeto del debate que nos ocupa. Significaba que por su parte se articuló tacha, debido a la situación de conflicto que les afectaba, por ello consideraba que su testimonio no podía ser acogido con la trascendencia que se le otorga. Igualmente hacía consideración de la extemporaneidad de la alegación sobre la legitimación del actor, dado que dicha cuestión se introduce ex novo en fase de conclusiones. Argumentaba que en este supuesto en que se dilucidan cuestiones relativas a derechos fundamentales intimidad personal y familiar y propia imagen exceden con mucho de un procedimiento de jurisdicción voluntaria, al que en definitiva remite la resolución de la instancia. Igualmente invocaba y argumentaba, la inexistencia de igualdad de razón en la causa de pedir, referido ello, a la sentencia que la resolución recurrida recoge como justificadora de la falta de legitimación activa que finalmente es estimada; argumentaba que el art. 156 del C.c. establece como regla general del ejercicio conjunto de la patria potestad, pero admite la posibilidad del ejercicio individual con el consentimiento expreso o tácito del otro progenitor, o conforme los usos sociales y la

Voces

Intromisión ilegítima

Patria potestad

Derecho a la propia imagen

Representación legal

Derecho al honor

Derecho a la intimidad

Falta de legitimación activa

Daños y perjuicios

Intervención del Ministerio Fiscal

Jurisdicción voluntaria

Recurso de amparo

Causa petendi

Derechos de la personalidad

Consentimiento del menor

Conflicto de intereses

Prueba de testigos

Fase de conclusiones y sentencia

Representante legal del menor

Divorcio

Hijo menor

Interés del menor

Vivienda familiar

Tutor

Intervención y administración judicial

Mandato expreso

Residencia

Litisconsorcio activo necesario

Legitimación activa

Tutela

Responsabilidad parental

Prueba en contrario

Menor de edad

Nulidad matrimonial