Sentencia Civil Nº 215/2006, Audiencia Provincial de Zaragoza, Sección 5, Rec 74... 12 de Abril de 2006
Última revisión
Sentencia Civil Nº 215/2006, Audiencia Provincial de Zaragoza, Sección 5, Rec 74/2006 de 12 de Abril de 2006
Sentencia
Orden: Civil
Fecha: 12 de Abril de 2006
Tribunal: AP Zaragoza
Ponente: PASTOR OLIVER, ANTONIO LUIS
Nº de sentencia: 215/2006
Nº de recurso: 74/2006
Núm. Cendoj: 50297370052006100152
Resumen
La Audiencia Provincial de Zaragoza desestima el recurso de apelación sobre reclamación de cantidad; respecto al negocio de agencia inmobiliaria o corretaje, la Sala señala que el derecho al cobro de la comisión cuando el contrato de compraventa objeto de la mediación se perfecciona, añadiendo la Sala que la jurisprudencia ha reseñado que para que surja el derecho al cobro de la comisión es preciso que exista un pacto, acuerdo o contrato al respecto, si no quedaría infringido el necesario requisito de la bilateralidad negocial; la Sala señala que en el presente caso hay una clara violación de los principios generales de los contratos, ya que si la agencia pretende cobrar una determinada cantidad, sea como sea, habrá de informar de ello a la parte con quien contrata, pero nunca subir unilateralmente y sin autorización alguna del vendedor el precio a los solos efectos de ampliar su "premio o comisión".
Voces
Comisiones
Cobro de comisión
Corretaje
Buena fe contractual
Contrato de compraventa
Dueño
Garaje
Trastero
Voluntad unilateral
Precio cierto
Consentimiento de contrato
Contraprestación
Buena fe
Defensa de consumidores y usuarios
Precio de venta
Condiciones generales de la contratación
Reclamación de cantidad
Ver el documento "Sentencia Civil Nº 215/2006, Audiencia Provincial de Zaragoza, Sección 5, Rec 74/2006 de 12 de Abril de 2006"
Acceda bajo demandaAccede a más de 4.000.000 de documentos
Localiza la información que necesitas