Última revisión
Sentencia Civil Nº 237, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 3015 de 18 de Junio de 1999
Sentencia
Orden: Civil
Fecha: 18 de Junio de 1999
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: SEOANE SPIEGELBERG, JOSE LUIS
Nº de sentencia: 237
Nº de recurso: 3015
Resumen
Contra la referida resolución por el demandante, se
interpuso recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial que le fue
admitido, elevándose los autos a este Tribunal, pasando los autos a Ponencia
para resolución. Es reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo la que
sostiene que no rige el principio de inversión de la carga de la prueba en los
casos de mutua y recíproca colisión entre vehículos, STS 19-2 y 10-3-1987, Ar
719 y 1426; 28-5-1990, Ar 4089; 17-6-1996, Ar 5070 ), toda vez que cada uno de
los conductores implicados podría atribuir al contrario la descuidada conducta
determinante del evento dañoso objeto de enjuiciamiento, es por ello que
corresponde a la actora apelante demostrar que la causa directa, material y
eficiente de la colisión de litis se debió a una conducción culposa atribuible
al conductor demandado, mas es lo cierto que de la actividad desplegada en el
proceso no cabe llegar a una conclusión de tal clase. La desestimación del
recurso de apelación interpuesto conlleva la condena en costas de la parte
recurrente, por aplicación del artº 736 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.Se
desestima el recurso de apelación interpuesto, debemos confirmar y confirmamos
la sentencia recurrida, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de A
Coruña, con preceptiva condena a la parte apelante de las costas procesales de
la alzada.
Voces
Reclamación de cantidad
Inversión de la carga de la prueba
Asegurador
Testigo presencial
Valoración de la prueba
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