Sentencia Civil Nº 393/2014, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec ... 18 de Julio de 2014
Sentencia Civil Nº 393/20...io de 2014

Última revisión
18/08/2014

Sentencia Civil Nº 393/2014, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec 2838/2012 de 18 de Julio de 2014

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Orden: Civil

Fecha: 18 de Julio de 2014

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: SANCHO GARGALLO, IGNACIO

Nº de sentencia: 393/2014

Nº de recurso: 2838/2012

Núm. Cendoj: 28079110012014100388

Núm. Ecli: ES:TS:2014:3162

Núm. Roj: STS 3162/2014

Resumen
Concurso de acreedores. Alcance de la consideración de crédito contra la masa de los honorarios del letrado que asiste al concursado durante la tramitación del concurso de acreedores. La administración concursal deberá decidir qué servicios profesionales de asistencia letrada al concursado merecen que su retribución sea pagada como crédito contra la masa, de acuerdo con las restricciones previstas en el art. 84.4.2º LC; y precisar hasta qué cuantía está justificado el pago contra la masa, por ser adecuada y proporcionada, sin que resulte necesariamente vinculante el pacto de honorarios que pudieran haber alcanzado el deudor común y su letrado antes de la declaración de concurso.

Voces

Crédito contra la masa

Declaración de concurso

Administración concursal

Concurso de acreedores

Presentación del concurso de acreedores

Deudor concursado

Crédito concursal

Incidente concursal

Sociedad Profesional

Junta de acreedores

Procedimiento concursal

Contrato de arrendamiento de servicios

Abuso de derecho

Principio de igualdad

Honorario profesional del abogado

Conclusión del concurso

Concurso voluntario

Insolvencia del deudor

Novación

Tutela

Pago de los créditos

Acreedor concursal

Acción rescisoria concursal

Administrador concursal