Última revisión
18/10/2005
Sentencia Civil Nº 416/2005, Audiencia Provincial de Alicante, Sección 8, de 18 de Octubre de 2005
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Orden: Civil
Fecha: 18 de Octubre de 2005
Tribunal: AP - Alicante
Ponente: SORIANO GUZMAN, FRANCISCO JOSE
Nº de sentencia: 416/2005
Núm. Cendoj: 03014370082005100378
Núm. Ecli: ES:APA:2005:2868
Encabezamiento
ROLLO DE SALA N.º 460 ( 359 ) 05.
PROCEDIMIENTO: juicio verbal n.º 1098 / 03.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 9 DE ALICANTE.
SENTENCIA NÚM. 416/05
Iltmos.:
Presidente: Don Enrique García Chamón Cervera.
Magistrado: Don Luis Antonio Soler Pascual.
Magistrado: Don Francisco José Soriano Guzmán.
En la ciudad de Alicante, a dieciocho de octubre del año dos mil cinco.
La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Istmos. Sres. arriba expresados, ha visto los presentes autos, dimanantes del procedimiento anteriormente indicado, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia número 9 de Alicante; de los que conoce, en grado de apelación, en virtud del recurso interpuesto por ACTIU SÁNCHEZ CARRERA TRANSPORT, SA, apelante por tanto en esta alzada, representada por el Procurador D. JUAN CARLOS OLCINA FERNÁNDEZ, con la dirección del Letrado D. JAVIER TENA ROSELL; siendo la parte apelada EUROPLAMYRA, SL, con la dirección del Letrado D. SALVADOR CASTELL CASTELLANO.
Antecedentes
PRIMERO.- En los autos referidos, del juzgado de Primera Instancia Núm. 9 de Alicante, se dictó Sentencia, de fecha 1 de septiembre del año 2004, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Estimar la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Vidal Maestre , en nombre y representación de la demandante la mercantil EUROPLAMYRA S.L contra la demandada la mercantil ACTIU SÁNCHEZ CARRERA TRANSPORT S.A, representada por el Procurador Sr. Olcina Fernández, condenando a la demandada a que abone a la demandante la cantidad de 1.939,52, más los intereses del artículo 576 de la L.E.C. desde la sentencia hasta su completo pago
Se imponen las costas a la demandada"
SEGUNDO.- Contra dicha Sentencia se preparó recurso de apelación por la parte reseñada, y tras tenerlo por preparado, presentó el escrito de interposición del recurso, del que se dio traslado a las demás partes. Seguidamente , tras emplazarlas, se elevaron los autos a este Tribunal, donde fue formado el Rollo, en el que se señaló para la deliberación, votación y fallo el día 18 / 10 / 05 , en que tuvo lugar.
TERCERO.- En la tramitación del presente proceso, en esta alzada, se han observado las normas y formalidades legales.
Fundamentos
PRIMERO.-
Lleva razón la parte apelante: es una cuestión aceptada por ambas partes, y acreditada en el procedimiento, que existió un pago parcial de 649,6 ?, imputado a la factura que ha sido objeto de reclamación; razón por la que deberá minorarse la cuantía de ésta en la cifra antedicha.
SEGUNDO.-
En materia de costas, será de aplicación el art. 398.2, que dispone que en caso de estimación total o parcial de un recurso de apelación, no se condenará en las costas de dicho recurso a ninguno de los litigantes. Dado que la estimación parcial del recurso supone, igualmente , una estimación parcial de la demanda, de conformidad con el art. 394.2 de la L.E.C.., cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad , sin que haya méritos para imponerlas a ninguna de ellas por haber litigado con temeridad.
VISTAS las disposiciones citadas y demás de general y pertinente aplicación, siendo ponente de esta sentencia , que se dicta en nombre de SM. El Rey y por la autoridad conferida por el pueblo español, en el ejercicio de la potestad jurisdiccional, el magistrado Don Francisco José Soriano Guzmán, quien expresa el parecer de la Sala.
Fallo
FALLAMOS: Que con estimación del recurso de apelación interpuesto por la representación de ACTIU SÁNCHEZ CARRERA TRANSPORT, SA contra la Sentencia dictada por el juzgado de Primera Instancia n.º 9 de Alicante, de fecha 1 de septiembre del 2004, en los autos de juicio verbal n.º 1098 / 03, debemos revocar y revocamos dicha Resolución en el sentido de dictar otra que , con estimación parcial de la demanda interpuesta contra ella por EUROPLAMYRA, SL, la condena a pagarle la cantidad de 1.206,4 ?, manteniendo el resto de la resolución recurrida y sin hacer en ninguna de las instancias expreso pronunciamiento sobre costas
Notifíquese esta Sentencia en forma legal y, en su momento, devuélvanse los autos originales al Juzgado de procedencia , de los que se servirá acusar recibo , acompañados de certificación literal de la presente Resolución a los oportunos efectos de ejecución de lo acordado, uniéndose otra al Rollo de apelación.
Así, por esta nuestra sentencia definitiva, fallando en grado de apelación , lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN: Leído y publicado fue la anterior Sentencia en el día de su fecha, siendo ponente el Ilmo. Sr. D. Francisco José Soriano Guzmán, estando el Tribunal celebrando audiencia pública en el día de la fecha. Certifico.

