Última revisión
23/11/2009
Sentencia Civil Nº 462/2009, Audiencia Provincial de Madrid, Rec 224/2009 de 23 de Noviembre de 2009
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Relacionados:
Tiempo de lectura: 5 min
Orden: Civil
Fecha: 23 de Noviembre de 2009
Tribunal: AP - Madrid
Ponente: GARCIA PAREDES, ANTONIO
Nº de sentencia: 462/2009
Encabezamiento
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 8
MADRID
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE MADRID
Sección 8
1280A
FERRAZ, 41
N.I.G. 28000 1 7003608 /2009
RECURSO DE APELACION 224 /2009
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 237 /2007
Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 5 de GETAFE
De: Elisa
Procurador: ANTONIO GARCÍA MARTÍNEZ
Contra: Elias
Procurador: CARMEN MEDINA MEDINA
Ponente: ILMO. SR. D. ANTONIO GARCÍA PAREDES
SENTENCIA Nº 462
Magistrados:
ILMO. SR. D. ANTONIO GARCÍA PAREDES
ILMA. SRA. Dª. CARMEN GARCÍA DE LEÁNIZ CAVALLÉ
ILMA. SRA. Dª. MARÍA VICTORIA SALCEDO RUIZ
En Madrid a veintitrés de noviembre de dos mil ocho. La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres.
Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio Ordinario nº 237/2007, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia núm.5 de Getafe, seguidos entre partes, de una como demandante-apelado Don Elias , representado por la Procuradora Sra. Carmen Medina Medina, y de otra, como demandada-apelante Doña Elisa , representada por el Procurador Sr. Antonio García Martínez.
VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ANTONIO GARCÍA PAREDES .
Antecedentes
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Getafe, en fecha veinticuatro de julio de dos mil ocho, se dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Estimo la demanda formulada por el Procurador D. Alfonso Solbes Montero de Espinosa, en nombre y representación de D. Elias , contra Dª Elisa , representada por el Procurador D. Félix González Pomares, y, en consecuencia, declaro la improcedencia de la actualización de la renta pretendida por dicha demandada, en base a la Disposición Transitoria Segunda de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 ; condeno a dicha demandada a devolver las cantidades indebidamente ingresadas de más, en concepto de renta, desde el mes de Febrero del 2007; y con imposición de las costas a la demandada".
SEGUNDO.- Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido, y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.
TERCERO.- No estimándose necesaria la celebración de vista pública para la resolución del presente recurso, quedó en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 18 de noviembre de 2009.
CUARTO.- En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Fundamentos
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 8
MADRID
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE MADRID
Sección 8
1280A
FERRAZ, 41
N.I.G. 28000 1 7003608 /2009
RECURSO DE APELACION 224 /2009
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 237 /2007
Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 5 de GETAFE
De: Elisa
Procurador: ANTONIO GARCÍA MARTÍNEZ
Contra: Elias
Procurador: CARMEN MEDINA MEDINA
Ponente: ILMO. SR. D. ANTONIO GARCÍA PAREDES
SENTENCIA Nº 462
Magistrados:
ILMO. SR. D. ANTONIO GARCÍA PAREDES
ILMA. SRA. Dª. CARMEN GARCÍA DE LEÁNIZ CAVALLÉ
ILMA. SRA. Dª. MARÍA VICTORIA SALCEDO RUIZ
En Madrid a veintitrés de noviembre de dos mil ocho. La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres.
Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio Ordinario nº 237/2007, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia núm.5 de Getafe, seguidos entre partes, de una como demandante-apelado Don Elias , representado por la Procuradora Sra. Carmen Medina Medina, y de otra, como demandada-apelante Doña Elisa , representada por el Procurador Sr. Antonio García Martínez.
VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ANTONIO GARCÍA PAREDES .
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Getafe, en fecha veinticuatro de julio de dos mil ocho, se dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Estimo la demanda formulada por el Procurador D. Alfonso Solbes Montero de Espinosa, en nombre y representación de D. Elias , contra Dª Elisa , representada por el Procurador D. Félix González Pomares, y, en consecuencia, declaro la improcedencia de la actualización de la renta pretendida por dicha demandada, en base a la Disposición Transitoria Segunda de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 ; condeno a dicha demandada a devolver las cantidades indebidamente ingresadas de más, en concepto de renta, desde el mes de Febrero del 2007; y con imposición de las costas a la demandada".
SEGUNDO.- Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido, y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.
TERCERO.- No estimándose necesaria la celebración de vista pública para la resolución del presente recurso, quedó en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 18 de noviembre de 2009.
CUARTO.- En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Que, desestimando el recurso de apelación interpuesto por el Procurador Sr. Antonio García Martínez, en nombre y representación de Doña Elisa frente a Don Elias contra la sentencia de fecha veinticuatro de julio de dos mil ocho dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Getafe DEBEMOS CONFIRMAR Y CONFIRMAMOS la referida resolución, con imposición de las costas procesales de la segunda instancia a la parte apelante.
Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal al Rollo de Sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- La anterior Sentencia fue hecha pública por los Magistrados que la han firmado. Doy fe. En Madrid, a
Fallo
Que, desestimando el recurso de apelación interpuesto por el Procurador Sr. Antonio García Martínez, en nombre y representación de Doña Elisa frente a Don Elias contra la sentencia de fecha veinticuatro de julio de dos mil ocho dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Getafe DEBEMOS CONFIRMAR Y CONFIRMAMOS la referida resolución, con imposición de las costas procesales de la segunda instancia a la parte apelante.
Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal al Rollo de Sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- La anterior Sentencia fue hecha pública por los Magistrados que la han firmado. Doy fe. En Madrid, a
