Sentencia Civil Nº 611/20...re de 2011

Última revisión
12/09/2011

Sentencia Civil Nº 611/2011, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec 335/2007 de 12 de Septiembre de 2011

Tiempo de lectura: 43 min

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Orden: Civil

Fecha: 12 de Septiembre de 2011

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: FERRANDIZ GABRIEL, JOSE RAMON

Nº de sentencia: 611/2011

Núm. Cendoj: 28079110012011100600

Núm. Ecli: ES:TS:2011:5882

Resumen
MARCAS.- Infracción del derecho del titular.- Es preciso que se utilice el signo como marca.- No sucede ello cuando el signo registrado por otro para identificar determinados productos o servicios se usa por un tercero, sin su consentimiento, para identificar los edificios de unas comunidades de propietarios.- Tal uso no constituye acto concurrencial.-  Se declara no haber lugar al recurso de casación interpuesto contra Sentencia desestimatoria de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería, sobre violación de derecho de marcas, y competencia desleal.La Sala declara que la facultad de exclusión queda en todo caso limitada a la utilización no consentida de un signo - que cause alguno de los perjuicios a la marca inscrita - "en el tráfico económico". Y las Comunidades demandadas no se sirven de las denominaciones de sus respectivos edificios en dicho "tráfico económico", ni hay posibilidad de que puedan ser utilizadas "para realizar algún acto que, conforme a las reglas anteriores estaría prohibido", en términos de los apartados 1 y 4 de la Ley 17/2001.Y que es evidente que las demandadas no participan en el mercado, promoviendo o asegurando la difusión en él de prestaciones propias o de un tercero - artículo 2, apartado 2, de la Ley 3/1991 -. Lo que lleva a concluir que la utilización de los litigiosos signos, para distinguir los edificios de las Comunidades demandadas, no se relaciona con fines concurrenciales, directa o indirectamente, actual o potencialmente, dado que en las instancias se ha declarado probado que ninguno de los ocupantes de las viviendas y locales de los edificios se aproveche o puede hacerlo, con la entidad requerida para tener significación jurídica en el funcionamiento del mercado, de la denominación que individualiza cada uno de aquellos, para colocar en aquel sus productos o servicios.

Voces

Comunidad de propietarios

Medios de prueba

Allanamiento

Valoración de la prueba

Carga de la prueba

Competencia desleal

Fachadas

Infracción procesal

Buena fe

Derecho a la tutela judicial efectiva

Falta de motivación

Allanamiento a la demanda

Propiedad horizontal

Grabación

Inversiones

Local comercial

Copropietario

Establecimientos mercantiles

Cuestiones prejudiciales

Actividad mercantil

Actos de competencia desleal

Derecho de propiedad

Encabezamiento

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a doce de Septiembre de dos mil once.

Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen, …

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