Sentencia Civil Nº 64, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec O1EO/97 de 07 de Febrero de 1998
Sentencia Civil Nº 64, Au...ro de 1998

Sentencia Civil Nº 64, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec O1EO/97 de 07 de Febrero de 1998

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Orden: Civil

Fecha: 07 de Febrero de 1998

Tribunal: AP - Pontevedra

Ponente: MARTINEZ SANCHEZ, RAFAEL

Nº de sentencia: 64

Nº de recurso: O1EO/97

Resumen
Juicio Separación Conyugal. Los hijos menores del matrimonio, quedan bajo la guarda y custodia de la madre, sin perjuicio de la patria potestad compartida de los cónyuges sobre los mismos, pudiendo el padre comunicar con ellos y tenerlos en su compañía los martes y jueves de cada semana, desde las 17 horas a las 19:30 horas, horario éste que se ampliará hasta las 20:30 horas en épocas de primavera y de verano, así como los sábados, y domingos de fines de semana alternos y demás días festivos alternos, desde las 17 horas a las 19:30 horas, debiendo a tal efecto el padre de recoger y entregar a los niños en el domicilio de la madre.Una vez transcurrido un año de la fecha de esta sentencia, podrá solicitar el padre la ampliación del régimen de visitas y comunicación, petición sobre la que se resolverá, previo informe del Equipo Psicosocial, en ejecución de sentencia. La ampliación del horario de comunicación del padre con los hijos hasta las 20:30 horas tendrá lugar en el período de tiempo comprendido entre las fecha del año en que oficialmente empiece la estación de primavera y finalice la estación de verano. Y contra dicha sentencia, por la parte demandante se interpuso recurso de apelación que fue admitido en ambos efectos, remitiéndose los autos a esta Audiencia previa emplazamiento de las partes. Se desestima el recurso.

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Voces

Hijo menor

Guarda y custodia

Patria potestad compartida

Separación judicial del matrimonio

Fines de semana alternos

Domicilio del progenitor

Régimen de visitas, comunicación y estancia

Ejecución de sentencia

Medidas provisionales

Audiencia previa

Régimen de visitas