Sentencia Civil Nº 674/20...re de 2004

Última revisión
09/02/2023

Sentencia Civil Nº 674/2004, Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 11, Rec 872/2003 de 29 de Septiembre de 2004

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Orden: Civil

Fecha: 29 de Septiembre de 2004

Tribunal: AP Barcelona

Ponente: ORO PULIDO LOPEZ, JOAQUIN DE

Nº de sentencia: 674/2004

Núm. Cendoj: 08019370112004100687

Resumen:
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra sentencia desestimatoria del Juzgado de 1º instancia nº 55 de Barcelona sobre incumplimiento contractual. La Sala confirma lo apreciado por el juez "a quo" que considera que el demandante, que tiene la carga de probar los hechos que justifiquen su pretensión, no ha acreditado el presunto incumplimiento de una de las cláusulas del contrato por parte de la demandada en el contrato firmado por ambos, por lo que procede rechazar su pretensión.

Encabezamiento

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DÉCIMO-PRIMERA

ROLLO Nº 872/2003

PROCEDIMIENTO ORDINARIO NÚM. 11/2003

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 55 DE LOS DE BARCELONA

S E N T E N C I A N ú m. 674

Ilmos. Sres.

D. JOAQUÍN DE ORO PULIDO LÓPEZ

D. FRANCISCO HERRANDO MILLÁN

D. JOSÉ ANTONIO BALLESTER LLOPIS

En la ciudad de Barcelona, a veintinueve de septiembre de dos mil cuatro.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Décimo-Primera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento Ordinario nº 11/2003, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 55 de los de Barcelona, a instancia de RECREATIVOS CINCO ESTRELLAS S.L., contra Dª. Luisa ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte ACTORA contra la Sentencia dictada en los mismos el día 5 de Septiembre de 2.003, por el Sr. Magistrado-Juez del expresado Juzgado.

Antecedentes

PRIMERO.- La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Desestimant la demanda interposada per la procuradora Sra. Alejandre en representació de RECREATIVOS CINCO ESTRELLAS, SL contra Sra. Luisa , absolc la demandada i imposo el pagament de les costes del procés a la demandant".

SEGUNDO.- Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte ACTORA mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que lo impugnó en tiempo y forma mediante el oportuno escrito de oposición al mismo; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO.- Se señaló para la deliberación, votación y fallo el día 15 de Septiembre de 2004.

CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAQUÍN DE ORO PULIDO LÓPEZ.

Fundamentos

PRIMERO.- En la demanda rectora del procedimiento del que deriva el presente recurso de apelación, por la mercantil Recreativos Cinco Estrellas, se ejercita acción personal contra Doña Luisa , a la que reclama 9.603'98 euros en concepto de indemnización por incumplimiento de contrato de instalación de máquinas recreativas en su establecimiento de Bar- Restaurante. Demanda que es desestimada por la sentencia de primer grado, por entender que no ha quedado acreditado que existiese la causa alegada en la demanda, la del cese en la explotación del negocio y cambio de actividad del mismo, y frente a la que se alza la actora aduciendo error en la valoración de la prueba.

SEGUNDO.- De acuerdo con el principio de distribución de la carga de la prueba, establecido en el art. 217 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, al actor le incumbe demostrar los hechos constitutivos de su pretensión, carga con la que no ha cumplido, pues de la prueba obrante en autos queda acreditado que las máquinas recreativas instaladas en el negocio que regentaba la demandada fueron retiradas por la actora en el mes de Mayo del año 2.000, fecha en la que todavía estaba abierto el negocio, que siguió funcionando hasta el mes de Septiembre de dicho año, con lo que no se da ninguna de las circunstancias establecidas en la cláusula tercera del contrato, que literalmente dice: "En caso de incumplimiento del presente contrato tales como que Doña Luisa , vendiere, transmitiere, traspasase, cesare la actividad o se negara a la instalación de las máquinas recreativas en el local sin haber cumplido el periodo establecido entre ambas partes, se obliga a devolver la parte proporcional de la cantidad entregada en relación con el tiempo transcurrido de contrato", por lo que por los propios y acertados razonamientos de la sentencia apelada procede confirmar la misma, y en consecuencia la desestimación del recurso, con imposición de las costas de esta alzada a la parte apelante, en aplicación del art. 397 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

VISTOS los preceptos legales citados y los demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que DESESTIMANDO el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de RECREATIVOS CINCO ESTRELLAS S.L., contra la Sentencia dictada en fecha 5 de Septiembre de 2.003 por el Juzgado de Primera Instancia nº 55 de los de Barcelona, en los autos de los que el presente rollo dimana, debemos CONFIRMAR y CONFIRMAMOS íntegramente la misma, haciendo expresa imposición de las costas de esta alzada a la parte apelante.

Y firme que sea esta resolución, devuélvanse los autos originales al Juzgado de su procedencia, con testimonio de la misma para su cumplimiento.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al rollo, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN.- En Barcelona a seis de octubre de dos mil cuatro, y una vez firmada por todos los Magistrados que la han dictado, se da a la anterior sentencia la publicidad ordenada por la Constitución y las Leyes. DOY FE.

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