Sentencia Civil Nº 745/20...re de 2009

Última revisión
12/11/2009

Sentencia Civil Nº 745/2009, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 201/2009 de 12 de Noviembre de 2009

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Orden: Civil

Fecha: 12 de Noviembre de 2009

Tribunal: AP - Barcelona

Ponente: PEREDA GAMEZ, FRANCISCO JAVIER

Nº de sentencia: 745/2009


Encabezamiento

SENTENCIA N. 745/2009

Barcelona, doce de noviembre dos mil nueve

Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Catorce

Magistrados:

Francisco Javier Pereda Gámez (Ponente)

Marta Font Marquina

Rosa Maria Agulló Berenguer

Rollo n.: 201/2009

Juicio Ordinario n.: 339/2008

Procedencia: Juzgado de Primera Instancia n. 32 de Barcelona

Objeto del juicio: reclamación por daños a causa de la rotura o desbordamiento de unas canalizaciones (art. 18 LCS )

Motivo del recurso: errónea valoración de la prueba

Apelante: Nacional Suiza Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. Sociedad Unipersonal

Abogado: F. Vivancos García

Procurador: J. Preckler Dieste

Apelada: Paula

Abogado: J. Casamiglia Blancafort

Procurador: B. de Miquel Balmes

Antecedentes

1. RESUMEN DEL PLEITO DE PRIMERA INSTANCIA

El día 19 de marzo de 2008 la parte actora presentó demanda en la que solicitaba que se condene a la demandada a pagarle 10.491,48 euros, más los intereses y las costas devengadas, por los daños sufridos en su vivienda el 7 de agosto de 2007, a causa de la rotura o desbordamiento de canalizaciones, procedente de las viviendas superiores. Dice que el riesgo está cubierto por la póliza de seguro multi-hogar que vincula a las partes. Reclama por la reparación y por la pérdida de dos meses de alquileres.

La parte demandada contesta y alega que "era indiferente que la ahora actora fuera indemnizada... por la aseguradora... de la Comunidad de Propietarios bien por mi principal" y que la reclamación nace de la insatisfacción indemnizatoria por aquella vía. Opone pluspetición con base en informe pericial propio por 2.800 euros (el actor pretendía pintar todo el piso y la póliza no asegura la pérdida de alquileres).

La sentencia recurrida, de fecha 15 de octubre de 2008 , acoge la valoración de la actora, a falta de otra más seria, y entiende incluida la indemnización por pérdida de alquileres en el riesgo por daños. Por ello el juez estima la demanda y condena a Nationale Suiza a pagar a la demandante 10.491 '48 euros, con los intereses legales de demora desde el 7 de agosto de 2007, sujetos a un tipo equivalente a incrementar en un cincuenta por ciento el legal del dinero y con costas procesales.

2. CUESTIONES PLANTEADAS EN EL RECURSO DE APELACIÓN

El recurrente argumenta que se reclama con amparo en un presupuesto desmedido (el actor no habría probado el daño y la testifical probaría que no hubo daños eléctricos y los físicos se circunscriben a una habitación y parte del pasillo). Reitera que los alquileres no están cubiertos.

El apelado se opone y dice que ha probado la extensión y alcance del daño. Añade que la póliza cubre la pérdida de alquileres.

3. TRÁMITES EN LA SALA

El asunto se ha registrado en la Sección el 10 de marzo de 2009. No se ha practicado prueba ni se ha celebrado vista. La deliberación y votación de la Sala se ha llevado a cabo en fecha 5 de noviembre de 2009 . Esta resolución no se ha dictado en el término previsto en el artículo 465.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil debido a causas estructurales, lo que se hace constar a los efectos del artículo 211.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil .

Fundamentos

SENTENCIA N. 745/2009

Barcelona, doce de noviembre dos mil nueve

Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Catorce

Magistrados:

Francisco Javier Pereda Gámez (Ponente)

Marta Font Marquina

Rosa Maria Agulló Berenguer

Rollo n.: 201/2009

Juicio Ordinario n.: 339/2008

Procedencia: Juzgado de Primera Instancia n. 32 de Barcelona

Objeto del juicio: reclamación por daños a causa de la rotura o desbordamiento de unas canalizaciones (art. 18 LCS )

Motivo del recurso: errónea valoración de la prueba

Apelante: Nacional Suiza Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. Sociedad Unipersonal

Abogado: F. Vivancos García

Procurador: J. Preckler Dieste

Apelada: Paula

Abogado: J. Casamiglia Blancafort

Procurador: B. de Miquel Balmes

1. RESUMEN DEL PLEITO DE PRIMERA INSTANCIA

El día 19 de marzo de 2008 la parte actora presentó demanda en la que solicitaba que se condene a la demandada a pagarle 10.491,48 euros, más los intereses y las costas devengadas, por los daños sufridos en su vivienda el 7 de agosto de 2007, a causa de la rotura o desbordamiento de canalizaciones, procedente de las viviendas superiores. Dice que el riesgo está cubierto por la póliza de seguro multi-hogar que vincula a las partes. Reclama por la reparación y por la pérdida de dos meses de alquileres.

La parte demandada contesta y alega que "era indiferente que la ahora actora fuera indemnizada... por la aseguradora... de la Comunidad de Propietarios bien por mi principal" y que la reclamación nace de la insatisfacción indemnizatoria por aquella vía. Opone pluspetición con base en informe pericial propio por 2.800 euros (el actor pretendía pintar todo el piso y la póliza no asegura la pérdida de alquileres).

La sentencia recurrida, de fecha 15 de octubre de 2008 , acoge la valoración de la actora, a falta de otra más seria, y entiende incluida la indemnización por pérdida de alquileres en el riesgo por daños. Por ello el juez estima la demanda y condena a Nationale Suiza a pagar a la demandante 10.491 '48 euros, con los intereses legales de demora desde el 7 de agosto de 2007, sujetos a un tipo equivalente a incrementar en un cincuenta por ciento el legal del dinero y con costas procesales.

2. CUESTIONES PLANTEADAS EN EL RECURSO DE APELACIÓN

El recurrente argumenta que se reclama con amparo en un presupuesto desmedido (el actor no habría probado el daño y la testifical probaría que no hubo daños eléctricos y los físicos se circunscriben a una habitación y parte del pasillo). Reitera que los alquileres no están cubiertos.

El apelado se opone y dice que ha probado la extensión y alcance del daño. Añade que la póliza cubre la pérdida de alquileres.

3. TRÁMITES EN LA SALA

El asunto se ha registrado en la Sección el 10 de marzo de 2009. No se ha practicado prueba ni se ha celebrado vista. La deliberación y votación de la Sala se ha llevado a cabo en fecha 5 de noviembre de 2009 . Esta resolución no se ha dictado en el término previsto en el artículo 465.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil debido a causas estructurales, lo que se hace constar a los efectos del artículo 211.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil .

1. Desestimamos el recurso de apelación.

2. Imponemos las costas del recurso al recurrente.

Una vez se haya notificado esta sentencia, se devolverán los autos al Juzgado de Instancia con testimonio de la misma, para cumplimiento.

Así lo pronunciamos y firmamos.

PUBLICACIÓN.- En este día, y una vez firmada por todos los Magistrados que la han dictado, se da a la anterior sentencia la publicidad ordenada por la Constitución y las Leyes. DOY FE.

Fallo

1. Desestimamos el recurso de apelación.

2. Imponemos las costas del recurso al recurrente.

Una vez se haya notificado esta sentencia, se devolverán los autos al Juzgado de Instancia con testimonio de la misma, para cumplimiento.

Así lo pronunciamos y firmamos.

PUBLICACIÓN.- En este día, y una vez firmada por todos los Magistrados que la han dictado, se da a la anterior sentencia la publicidad ordenada por la Constitución y las Leyes. DOY FE.

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