Sentencia Civil Nº 799/2011, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec ...de Noviembre de 2011
Sentencia Civil Nº 799/20...re de 2011

Última revisión
20/11/2011

Sentencia Civil Nº 799/2011, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec 783/2009 de 20 de Noviembre de 2011

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Orden: Civil

Fecha: 20 de Noviembre de 2011

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: ROCA TRIAS, ENCARNACION

Nº de sentencia: 799/2011

Nº de recurso: 783/2009

Núm. Cendoj: 28079110012011100831

Núm. Ecli: ES:TS:2011:8587

Resumen
VALIDEZ DE MATRIMONIO CIVIL.- Matrimonio de españoles celebrado en Méjico en el año 1940: no es posible alegar la nulidad por el hecho de tratarse de un matrimonio civil celebrado por personas de religión católica, por impedirlo el principio constitucional de libertad religiosa.- La validez del matrimonio comporta la de los pactos matrimoniales otorgados con ocasión del matrimonio.- Se estima el recurso de casación formulado por los demandantes contra Sentencia parcialmente estimatoria de la Sección 11ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, sobre solicitud de declaración de validez de matrimonio civil, y de los pactos bajo los cuales se celebró.La Sala declara que el matrimonio civil celebrado por españoles en el extranjero de acuerdo con la forma establecida en el lugar de celebración, no era nulo en España, sino que era ineficaz, y en el presente litigio no se discutió nunca si el matrimonio produjo o no efectos en España.Pero, además, el art. 5.1 LOPJ obliga a los jueces y tribunales a interpretar y aplicar las leyes según los preceptos y principios constitucionales, y el art. 16 CE reconoce y garantiza la libertad religiosa de los españoles, por lo que en la actualidad no puede declararse nulo por motivos religiosos, un matrimonio contraído de forma válida de acuerdo con la ley del lugar de su celebración en 1940.En consecuencia, la cuestión previa a la determinación del régimen de bienes que rigió el matrimonio, y que se plantea de forma indirecta en el primer motivo de este recurso, debe resolverse en el sentido de declarar válido el matrimonio, independientemente de que hubiera o no producido sus efectos en España, cosa que no se cuestiona en el litigio.

Voces

Registro Civil

Sociedad de gananciales

Matrimonio civil

Matrimonio canónico

Testamento

Nacionalidad española

Expediente matrimonial

Capitulaciones matrimoniales

Bienes muebles

Comunidad de bienes

Bienes gananciales

Herencia

Veïnatge civil català

Régimen de separación de bienes

Derechos forales

Fuerza mayor

Régimen económico del matrimonio

Retroactividad

Buena fe

Documento público

Pruebas aportadas

Aportación de pruebas

Nulidad matrimonial

Bienes del matrimonio

Libertad de pactos

Disolución de sociedades

Representación procesal