Última revisión
09/04/2026
Sentencia Civil 478/2026 Tribunal Supremo. Sala de lo Civil, Rec. 6455/2021 de 24 de marzo del 2026
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Orden: Civil
Fecha: 24 de Marzo de 2026
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: PEDRO JOSE VELA TORRES
Nº de sentencia: 478/2026
Núm. Cendoj: 28079110012026100450
Núm. Ecli: ES:TS:2026:1322
Núm. Roj: STS 1322:2026
Encabezamiento
Fecha de sentencia: 24/03/2026
Tipo de procedimiento: CASACIÓN
Número del procedimiento: 6455/2021
Fallo/Acuerdo:
Fecha de Votación y Fallo: 19/03/2026
Ponente: Excmo. Sr. D. Pedro José Vela Torres
Procedencia: AUD.PROVINCIAL DE OVIEDO SECCION PRIMERA
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Juan Manuel Ávila de Encío
Sentencia de señalamiento adicional
Transcrito por: MAJ
Nota:
CASACIÓN núm.: 6455/2021
Ponente: Excmo. Sr. D. Pedro José Vela Torres
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Juan Manuel Ávila de Encío
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. Ignacio Sancho Gargallo, presidente
D. Rafael Sarazá Jimena
D. Pedro José Vela Torres
En Madrid, a 24 de marzo de 2026.
Esta Sala ha visto el recurso de casación interpuesto por Unicaja Banco S.A., representada por el procurador D. Juan Manuel Gago Rodríguez bajo la dirección letrada de D.ª Manuela Barbadillo Alonso, contra la sentencia n.º 628/2021, de 18 de junio, dictada por la Sección 1.ª de la Audiencia Provincial de Oviedo en el recurso de apelación núm. 359/2021, dimanante de las actuaciones de juicio ordinario núm. 1489/2020 del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Oviedo. Ha sido parte recurrida D.ª Belinda, representada por el procurador D. José Javier Castro Eduarte bajo la dirección letrada de D. Ignacio García García.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Pedro José Vela Torres.
Antecedentes
En nombre y representación de D.ª Belinda se interpuso demanda, que fue repartida al Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Oviedo, contra Unicaja Banco S.A., que concluyó por sentencia n.º 402/2021, de 9 de marzo, con el siguiente fallo:
«Que ESTIMANDO la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. José Javier Castro Eduarte, en nombre y representación de D.ª Belinda, frente a la entidad UNICAJA BANCO, S.A.:
»1.- Se declara la nulidad de la cláusula 4ª, en lo relativo a la comisión de apertura, de la 5ª, relativa a gastos, contenidas en la escritura pública de préstamo con garantía hipotecaria de fecha 30 de octubre de 2006
»2.- Se condena a la entidad demandada a abonar a la parte actora 471,31 euros en concepto de comisión de apertura y 636,33 euros por gastos de notaría, Registro de la Propiedad, gestoría y tasación, con los intereses legales devengados desde la fecha de los respectivos pagos.
»Con imposición de costas a la demandada.»
«Que desestimando el recurso de apelación presentado por "Unicaja Banco, S.A." frente a la Sentencia de 9 marzo 2021 dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Oviedo en el Juicio Ordinario 1489/2020, debemos acordar CONFIRMARLA con imposición a la parte apelante de las costas de esta alzada
Dese el destino legal al depósito constituido para recurrir.»
«Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Unicaja Banco S.A. frente a la sentencia de 18 de junio de 2021, dictada por la Audiencia Provincial de Oviedo (Sección 1.ª), en el rollo de apelación n.º 359/2021 dimanante del juicio ordinario n.º 1489/2020 del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Oviedo.»
Fundamentos
En consecuencia, el recurso de casación debe ser desestimado.
Fallo
Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta sala ha decidido
Líbrese a la mencionada Audiencia la certificación correspondiente con devolución de los autos y rollo de apelación remitidos.
Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.
Así se acuerda y firma.

