Sentencia Constitucional Nº 182/2008, Tribunal Constitucional, Sala Primera, Rec...de Diciembre de 2008
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Última revisión
22/12/2008

Sentencia Constitucional Nº 182/2008, Tribunal Constitucional, Sala Primera, Rec Recurso de amparo 10105-2006 de 22 de Diciembre de 2008

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Orden: Constitucional

Fecha: 22 de Diciembre de 2008

Tribunal: Tribunal Constitucional

Nº de sentencia: 182/2008

Nº de recurso: Recurso de amparo 10105-2006

Resumen
Frente a una reclamación en vía contencioso-administrativa sobre una decisión del Ayuntamiento de Sevilla en materia de urbanismo (orden de derribo de una antena de comunicaciones), el Juzgado consideró de oficio que el poder para pleitos aportado por el Procurador era incompleto, porque no acreditaba los poderes del representante legal de la sociedad reclamante. Requerida la subsanación de dos defectos, mediante: 1) la aportación de los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos estatutarios para el otorgamiento de poderes de representación, y 2) la traducción al castellano del escrito de constitución de la sociedad y de sus estatutos, cuyos originales habían sido aportados en catalán. Dentro del plazo de diez días la sociedad aportó copia de la escritura pública de apoderamiento de su representante y fotocopia de la traducción jurada al castellano de la escritura de constitución de la sociedad, si bien sólo de sus páginas impares. El recurso fue inadmitido, lo que resultó confirmado en apelación.El Tribunal constata que la Sentenia de apelación consideró que los documentos presentados eran suficientes para acreditar la representación legal, en cumplimiento de los requisitos del articulo 45.2 de la Ley de la jurisdicción contencioso-administrativa; en cuanto a la exigencia de traducción completa al castellano del escrito de constitución de la sociedad y de sus estatutos, razonó que era innecesaria para determinar la admisión o no del recurso. Los órganos judiciales incurrieron en una interpretación rígida y formalista del precepto legal y por tanto contraria al principio pro actione.Esta sentencia aborda una cuestión novedosa, acerca de la traducción de documentos judiciales escritos en lenguas cooficiales, hasta ahora solo abordada en abstracto en resoluciones de Pleno. Aplica la doctrina general del Tribunal sobre el derecho a la tutela judicial efectiva, en su vertiente de acceso a la justicia (SSTC 311/200; 124/ 2002; y 327/2005), en particular con la relacionada con la institución de la representación legal (SSTC 206/1987; 205/2001; y 243/2006; y ATC 206/1987).

Voces

Escritura de constitución

Constitución de sociedades

Consejo de administración

Derecho a la tutela judicial efectiva

Persona jurídica

Archivo de actuaciones

Escritura pública

Representación procesal

Poder de representación

Montes

Omisión

Denominación social

Pleno del Ayuntamiento

Comparecencia en juicio

Fondo del asunto

Apercibimiento

Comisiones

Acuerdos sociales

Actuaciones judiciales

Actuaciones judiciales

Principio pro actione

Buena fe

Documentos aportados

Diligencia de ordenación

Voluntad

Jurisdicción contencioso-administrativa

Error material

Documento público

Tutela

Negocio jurídico

Funcionarios públicos

Registro Mercantil

Nulidad de las resoluciones

Consejo de Administración de la Sociedad Anónima

Representación legal

Estatutos sociales

Antenas

Vulneración de derechos fundamentales