Sentencia Militar Nº 67/2020, Tribunal Supremo, Sala de lo Militar, Sección 1, R...0 de Octubre de 2020
Sentencia Militar Nº 67/2...re de 2020

Última revisión
13/12/2023

Sentencia Militar Nº 67/2020, Tribunal Supremo, Sala de lo Militar, Sección 1, Rec 15/2020 de 20 de Octubre de 2020

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Orden: Militar

Fecha: 20 de Octubre de 2020

Tribunal: Tribunal Supremo. Sala de lo Militar

Ponente: PIGNATELLI MECA, FERNANDO

Nº de sentencia: 67/2020

Nº de recurso: 15/2020

Núm. Cendoj: 28079150012020100066

Núm. Ecli: ES:TS:2020:3273

Núm. Roj: STS 3273:2020

Resumen
Falta muy grave consistente en 'consumir drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas de forma reiterada fuera del servicio' del art. 8.8 de la L.O. 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas. Vulneración del derecho fundamental a la presunción de inocencia en base a que no se ha llevado a cabo prueba alguna, utilizando la Sala de instancia el expediente administrativo para producir la sentencia, dándole a dicho expediente, la categoría o naturaleza, sin que lo sea, de prueba plena; el Expediente Disciplinario forma parte de las actuaciones y es uno más de los elementos de juicio en los que puede descansar la convicción del juzgador, y por eso es analizado por el Tribunal sentenciador junto con la prueba practicada, en su caso, en el proceso. Vulneración del derecho fundamental a la presunción de inocencia; en la nueva regulación del recurso de casación contencioso-administrativo, este se encuentra esencialmente destinado a resolver cuestiones jurídicas, aunque en la casación contencioso-disciplinaria cabe una interpretación más laxa y abierta, lo que en definitiva nos permite extender nuestro análisis a constatar la existencia de un mínimo de actividad probatoria y a si la valoración de la prueba efectuada en la única instancia cabe tildarla de arbitraria o irrazonable; apreciación de la existencia de prueba de cargo en el ámbito del procedimiento administrativo sancionador; lo que la Sala de instancia concluye como realmente acaecido responde a una valoración razonada y razonable de la prueba, de cargo y de descargo, de que ha dispuesto; imposibilidad de revalorar la prueba en casación; apreciación razonable por la Sala de instancia del conjunto de la prueba obrante en los autos, extrayendo de la misma conclusiones que se compadecen con las reglas de la lógica, la racionalidad y la sana crítica. Tipicidad; elementos del tipo. Proporcionalidad; el hecho de que los cuatro consumos detectados fueran de cocaína -sustancia que es gravemente perjudicial para la salud según el art. 368 del Código Penal-, y dos de ellos también de cannabis, unido a otras circunstancias -que afectan o pueden afectar al interés del servicio-, se constituye en el dato más relevante a la hora de elegir la sanción de resolución del compromiso como la más adecuada; la resolución sancionadora contiene la motivación reforzada que corresponde a la imposición de una sanción disciplinaria que aun cuando no es la más aflictiva de las que pueden imponerse por falta muy grave -pues lo es la de separación del servicio-, sí resulta ser irreversible -en cuanto al efecto de la misma consistente en la imposibilidad de volver a ingresar voluntariamente el sancionado en las Fuerzas Armadas que establece el apartado 1 del art. 21 de la aludida L. O. 8/2014-. Desestimación del recurso.

Voces

Valoración de la prueba

Prueba de cargo

Actividad probatoria

Representación procesal

Medios de prueba

Práctica de la prueba

Procesal Militar

Recibimiento del pleito a prueba

Recurso contencioso-disciplinario militar

Carga de la prueba

Inexistencia de prueba de cargo

Prueba de descargo

Prueba documental

Jurisdicción militar

Cadena de custodia

Escrito de interposición